Obra gubernativa y epistolario de Bolívar: legislación 1823-1825

OBRA GUBERNATIVA Y EPISTOLARIO DE BOLIVAR 367 Ha venido en decretar y decreta: 1• Se celebrará todos los años una misa solemne de acción de gracias con Te Deum en las Iglesias mayores de las capitales de departamento, el día 6 de Agosto, aniversario de la batalla de Junín. El día 1• de setiembre, aniversario de la primera entrada del Libertador en Lima. El 9 de diciembre aniversario de la batalla de Ayacucho. 2? El gobierno proporcionará al público, en el modo posible, el 6 de agosto y 9 de diciembre de cada año, regocijos alusivos a los grandes sucesos que se recuerdan en estos días. 3? Se celebrarán el 17 de diciembre en las mismas Iglesias, exequias solemnes, por los defensores de la libertad, que mu– rieron en las jornadas de Junín y de Ayacucho. Comuníquese al Libertador, para que lo mande imprimir, publicar y circular. Dado en la sala del Congreso en Lima a 1 Q de marzo de 1825.- 6? y 4?- José Gregario Paredes, Presidente.– Juan Bautista Navarrete, diputado secretario.- Felipe Santiago Es– tenós, diputado secretario. (87) 88 SECRETARIA GENERAL DEL CONGRE~O CONSTITUYENTE DEL PERU. Lima marzo 2 de 1825. Al señor Ministro de Estado en el departamento de Gobier– no.- Puesta en consideración del Congreso la nota de U. S . con que acompaña el decreto de 5 de enero del presente año, sobre . (87) G. de G., t. VII, N? 25, 20 mar. 1825, p . 389.

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