Obra Gubernativa y Epistolario de Bolívar Legislación de 1826
OBRA GUBERNATIVA Y EPISTOLARIO DE BOLIVAR 423 do S. E. declarar: que sólo cuando el Gobierno Supremo decrete alguna recluta, sólo entonces podrá V. S. mandarla ejecutar en el departamento de su mando, y que los comandantes de división o jefes de cuerpos, si alguna vez la necesitaren por algún motivo urgente del servicio, la propongan al gobierno con quien únicamen– te deben entenderse sobre el particular, y única autoridad de la Re– pública que puede mandar hacer recluta. Esta suprema disposi– ción no tendrá lugar con respecto al reemplazo de las bajas que tengan los cuerpos de la fuerza que se les ha señalado; pues so– bre este particular quedan vigentes las circulares de 21 de setiem– bre y de 27 de octubre últimos.- Soy de V. S. muy atento, obe– diente servidor.- T. de Heres (290). 291 MINISTERIO DEL INTERIOR CIRCULAR A LOS SEÑORES PREFECTOS República Peruana.- Palacio del Gobierno en la Capital de Lima, a 11 de noviembre de 1826.- 7'? y 5'?. Señor Prefecto.- En vano se desvelaría el Gobierno en fun– dar nuevos colegios y reformar los antiguos, si desatendiese a los establecimientos de enseñanza primaria, que son la base de la ilus– tración y del saber. Persuadido por el ejemplo y por la experien– cia que las naciones más bien regidas y más felices, son aquellas donde se ha generalizado la enseñanza primaria entre las clases me– nesterosas por medio del método lancasteriano, ha expedido el adjunto decreto estableciendo dos escuelas lancasterianas, que serán dentro de poco tiempo el plantel de donde se extraigan los jóvenes destinados a difundir por la vasta extensión de la Repú– blica, los primeros elementos de la cultura moral e intelectual. Formado el plan de estas escuelas de una manera que puedan cursarlas los jóvenes de ambos sexos, sin roces peligrosos, y pró– ximas ya abrirse, cumple a U. S. apresurarse a remitir las perso– nas que indica el artículo 11, para que puedan tener cabal ejecu– ción las prevenciones que se hacen en el 4<? y en el 12. -- -·- Dios guarde a U. S. - J. M. de Pando. (291). (290) El Sol ... , N? 104, 23 dic. 1826 . (291) Ibid, N~ 103, 16 dic. 1826.
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