Obra Gubernativa y Epistolario de Bolívar Legislación de 1826
424 FELIX DENEGRI LUNA 292 Consultándose el pronto cumplimiento de las órdenes y de– cretos, se ha mandado reiteradamente que se tengan por comu– nicadas oficialmente las que reciben publicidad en los periódicos del Gobierno; y habiéndose consultado por varios funcionarios públicos acerca de las que se insertan en el Peruano, S. E. el Con– sejo de Gobierno ha decretado estar obligados a obedecer y hacer observar todos los de la República las resoluciones que se insertan en la sección de ese papel público, marcada con el epígrafe Parte Oficial, como si se les hubiesen dirigido en la forma acostubrada. (292). 293 MINISTERIO DE JUSTICIA A consulta del señor Prefecto del Departamento de Arequipa, se ha resuelto que los Fiscales de las Cortes Superiores de la Re– pública disfruten doscientos pesos anuales, para gastos de escrito– rio no comprendiéndose en esta resolución el de la Corte Supe– rior de esta Capital. (293) . 294 ADMINISTRACION GENERAL DE CORREOS El Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Gobierno, se ha ser– vido resolver a consulta del Administrador General de Correos, so– bre la franquicia de comunicaciones, que solamente deben entre– garse libres de portes cargándose éstos al Estado, las cartas y plie– gos puramente de oficio, y que estén legítimamente marcadas con las palabras Servicio Nacional. Igualmente ha veniqo en conceder la dotación de veinticinco pesos mensuales a los conductores destinados a la travesía del Cuzco a Puno, como única medida capaz de mantener expedita esa comunicación. (294) . (292) El Peruano, Sem. 1"', N'? 48, 15 nov. 1826, p. 207. (293) Ibid, ibid. (294) Ibid., p. 208 .
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