Obra gubernativa y epistolario de San Martín
ÜBRA GUBERNATIVA DE SAN MARTIN 527 los oficiales primeros, llevarán solo el sol bordado de plata, y los demas se distinguirán con una estrella bordada de plata sobre la bo– ta-manga.- Dado en Lima agosto 15 de 1821.-29- Una rúbrica de S. E. - Bernardo Monteagudo. * Los Ayudantes del Gobierno deberán usar en el brazo izquierdo una banda blanca y encarnada.- Lima Agosto 20 de 1821. * Se prohibe por orden de S. E. el uso del distintivo militar á todo el que no tenga el correspondiente despacho del actual Gobierno. Los contraventores serán castigados por su desobediencia. < 268 > * Debiendo designarse los distintivos de la Alta Camara de Justi– cia y sus subalternos, consecuente al artículo 59 del decreto sobre su establecimiento de 4 de este mes, declaro: lQ El Presidente y Vocales de la alta Camara de Justicia usa– rán el mismo traje que hasta aquí, con la diferencia de ser de color carmesí, en lugar del negro, la vuelta y el collarín de la toga; y lle– varán pendiente al cuello de una cinta bi-color, encarnada y blanca, una medalla de oro, segun el modelo que se dá al Presidente: en los dias ordinarios usarán la madella y un baston con borlas negras. 29 Los Escribanos de Cámara vestirán su traje antiguo, variando el color de la capa de negro en carmesí. 39 Los Abogados tendrán el mismo traje que han usado hasta ahora, con igual diferencia que los Vocales de la Alta Cámara en el collarín y vuelta de la toga, y sin medalla. 49 Los Procuradores y Porteros llevarán su antiguo traje, aña– diendo al cuello de la capa un vivo ancho de color carmesí. Dado en Lima á 27 de Agosto de 1821.-29- José de San Martin.– Juan García del Rio. (269) * (268) Ibid. N9 13, 22 de agosto de 1821. (269) Ibid. NC? 15, 29 de agosto de 1821.
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