Obra gubernativa y epistolario de San Martín
ÜBRA GUBERNATIVA DE SAN MARTIN 533 El Excmo. Sr. Protector se ha servido aprobar por supremo de– creto de 8 del que rije la propuesta que hizo el comandante de los resguardos para el distintivo que deben llevar sus dependientes, y es en esta forma: casaca corta con solapa y bota azul, vivo anteado, botan amarillo, una rama de oliva bordada en el cuello y un sol en las faldas, sombrero redondo con galon al rededor de la copa y la escarapela al lado, centro azul ó blanco. Divisas El comandante general las que por su graduacion militar tuviese. El teniente comandante tres entorchados angostos en la manga del grozor de un galon de divisa con puntitas. El teniente de guarda dos entorchados en la manga. El subteniente de guarda un entorchado en la manga. Los guardas usarán casaquilla corta, sable y tercerola los de a caballo, espada ó cuto y pistolas los de a pie. Desde el subteniente de guarda hasta el comandante general usarán casaca larga y sombrero armado cuando vistan de uniforme grande, y sombrero redondo con el peti. Los empleados en el falucho y guarda costas usarán el mismo uniforme, con la diferencia del boton que debe ser de ancla; y los marineros de aquellos y de las faluas, vestirán chaqueta y pantalon de brin con sombrero redondo de ule. < 277 > * El Supremo Delegado He acordado y decreto: En todas las asistencias públicas y actos de etiqueta, todo fun– cionario público de la lista civil ó militar concurrirá de corto, que– dando abolido el uso de cualquier otro trage aun en los militares, exceptuando solo los oficiales subalternos desde la clase de capitan inclusive, a quienes queda la libertad de asistir con bota militar ó de corto, guardando sus distintivos. Insértese en la gaceta oficial. Dado en el palacio del supremo gobierno, en Lima a 15 de Febrero de 1822.-3<>- Firmado.-Torre-Tagle.-Por órden de S.E.- B. Mon– teagudo. (278) * (277) Ibid. NQ 6, 19 de enero de 1822. (278) Ibid. NQ 14, 16 de febrero de 1822.
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