Periódicos: El Pacificador, El Triunfo de la Nación, El Americano, Los Andes Libres, El Sol del Perú

N. 23. . (2 reales). tfftttttttttttttt~ttttttttttttttttttttf EL n -E LA. NACION: DEL MdRTES 1 l)E MA'rO DE 1~1. REAL DECRETO. Don Fernando VII por la gracia de Dios·7 por · la ' Constimdon de l_a mo· ttarq'ma española , rey de -las Espafias, ~ todos los que bs' presentes vieren y eméndierén ·, ~~~ed :. que las córtes han decre·t~-do, y Nos -sancionamos lo si· kliiente ·: :::z Las ·cónes' aespu.es de ha– b~r -ofüervado tódas las formalidades presdritas por la ConStitucion ·, han de"' ere(ado fo siguiente: Artículo l. Para perpetl1ar det · mod.ó mas· grato á Jos babitao~e~ de las provin<;.i.is de Ultra· \nar ·la · énémoria · del · feliz testableci– r'Ilieni:o del sis?érña cocistitucional ; 'Y ·:¡lejar para siempre ·de entr'C ellds la 'fatal· y ruinosa desunio'n que 'los aflige, se eoacede un divido general dé . lo sucecUdo·en aquellas provincias que ha– ':.biéndose conmovido en qüalquier tit'fl{-. po por opiniones políticas, se hallen ya del todo ó en la mayor parté pad· ficadas, y cuyos .habiNlntes hat1an"rc– ·conocido y jurádo la Cobs~icucfon po· l:itica· de la mbnarqu'ia espa~o~a. It Pdr consiguiente serfo . puestos :inmediatá– men'te eh libertad "tododós ·que exis· tan _presos,'(_ ~u~!~.~1ie~·, q~'r :.sea el es– tado·de su cau:)~., y fo· ~csm.o ·los que J>ór- estar ya.· serttendada.seballeo cum– .,liendo sns cocrdertas; régiesando .Jibre– ment·e lós-'qlÍ~ quferim ;:\ sus respecti– · v~s provirrcia3, :sjn·qt1e c:n ningun-riem· p~ ni caso put>da procedase. C?ntra ellos por- la ~conducta·. y ()pimorte~ po· ljtjcas que tuvkrón. 111. Ctiida'iá ·el gobierno de que i los que han sldo con• finados por este' motivo Apuntos sepa• radas d~l continente . en qu-e residían~ se les ra~Hice sú trasporte én los bu~ ques ·de· fa armada nacio'tial, contirtu~o• doseles triientras se embarcan las as1gna• dones alimeiúicias que respectivamen– te tengan señaladas en sus prisiones d confinamientos. IV 'No obstara a lot con'Í'prendidos en·tos artículos que pre;:• ced1:n sil :conducta ántt:rior, pará po– der ~er ·repuestos ·en· 101 rríismos dtmi– nos que obtuvieron," ó cólocadbs en otros. V. Goza(aÓ de este ol'ViJo gene– .nd · 1ás provin'Cias ó pueblos disidentes 'de Ultramar'; ~egtm ·,se- vayan · patifi– cando·, con . 'tal que ánces · reéonozcah y juren set Ht:les al rey' , y guardar ·la Constitudon ·política dé · fa mot1a.rquia española· VI: Las personas que stt ha– llen detenidas· por los disrdtntts, ó ha· yan sid.o confinada~ por su adheslon al legitiqib ''góbforno· 9~ _la nacion esp~- . fio)".1, ~erap r,_uest~s ép llp'erta~., ti.cuy.o fin, las áucortdade·s. de las. p·róvtntias·de ·-UltrarHkt ·a qoj~ne$ tól]ue., :tornar'átt: Já~ pr~~-~~·cn.das· ~ru_e . e~Ümc~ j~stas y con– vementes; y asimismo cmdarán dé prp.. por~fünar a ·ta:s'· rneocioiladas ' ¡1ersátla$ totlos' ·Jos auxili~s necesarfo~ paMi ·_q9a pt:ie'dan ·rc·gtes:tr C:on comodidad y_ se- - _g~rid~d 4 . ~us .re~P,ecd~os ~o~ttiUos • 'M~dr1d 27 ·.de s~uembre : cte 1 18.~9.;¡d Por tamo,· niándamos 'á tod'os ·lós fr1l>u– nales , ji.tstidas , gn ··.:s ~ gober.aádor.e-s, y ~ dernas aurorida~-:s , asi chtile's ~bmo "m.ifitates· 1 ecksiásticM ( 'de.:qdalquiera 107

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