Periódicos: El Pacificador, El Triunfo de la Nación, El Americano, Los Andes Libres, El Sol del Perú
N. ~6. (• reales). EL TRIUNFO D E L A N A C 1 O N: DEL. VIBRNES 11 DE MATO DE 1821. .AB'flCULO· lt!MtTIDO. Sefior· Edítor.=Amo la publica ilus· tracion tanto como aborrezco los abu· sos ele las autoridades, siendo, en mi sentir, cierto que los errores en quanto i las facultadf.S lle la eclesiástica son tan perjudidal~s , como nocivo a la sociedad es el público supersticioso. Por cato , . y por haber leido ea la pastoral del señor arzobis_po de Lima , que e_ro– hibe los libros: Cltador, Ruinas de Pal· mir•, y Sistema de la ,naturaleza ,,Pro- 6ijimdo p"es l•s enliÍS,iadas obras ~s 11nunciamos tambitn 1star vedada Ja ltc· tura t¡ue IÍntts th ta imprenta libre h11 4 /Jia condtmzdo la pote~t11d "Jesiásti&ll." mandé á- V. un articulito en que le insertaba una rccieote real 6rdea, que· trata del modo como se ha de proce· dcr en estas prohibiciones , cuyo artí· culo se sirvió V. publicar en el N. I ~ de su apreciable periódico. En el N. 18 del mismo leí la impugnacion que hace de él Gasp•r Tricio: mi ánimo no se turbó, sin embargo de la in1111oderacion é injusta severidad del impugmui"r, por· que fiaba y fio ea él imparcial juicio qU:C el público sensato habrá ~ormado del objeto que á ambos nas ~mma. ~or el estilo poco fino con que se esphca el Ser..r Tricio, estoy. incierto á qué dase 'del. estado pueda pertenecc.r; pero me persuado que solo él .tuviera atre– •imiento para mezclar eructos, re¡uel• ••s , tortillds y torrejas con la doc· trina del Evangelio, las leyes de la na~ cion , ~n prelado respetable , .pero hombre, y un público no menos digno. Para impugnar un escrito , el Sr. Gas- '"'•' oo necesitaba insultar al autor, 1 mucho menos en caso · de que tuviera la desgracia de delinquir, porque esta conducta no se conviene con la 'moral del Evangelio, ni la civil educacion permite fastidiar .:\1 público , siernpr~ digno de respeto, coa la lectura asque..· rosa de eructos y regueldos. Si ~l ánimo suyo era encomiar el edicto del señor Arzobispo defendiendo el anuncio que hemos citado, la' cuestíon se reducia á muy poco. La pastoral ó está ó no con~ forme co~ el espíritu de nuestras leyes vigectes y con la real órdeo ~oserta ea el N. 1:a del Triunfo de Ja naciion. Si lo está , una demostracion decorOia digna dd asunto y de aosptros era suficiente impugnacion , al pa10 que no dexaba lugar a dudas en materia tao grave: y sino lo está.... al Señor Trici• que sa– que la consecuencia que me pa,l'ece ade· mas de le'gítima muy sencilla. El Stñor Tricio define dos épocas en la ~prenta libre : no se atreve á ase– gurar terminaatemcnte a qua) de las dos se- refiere el Señor Arzobispo en el expresado anuncio : y despues de algu• nas suposiciones graciosas dice:· ,,mien– tras que suhsistiQ Ja lnquis.icion, irll un tribunal rtspetdJe.y autorii:11io 'º,. las leyes del rtyno y bulas pontificias, ~ por cinsigui1nte dtbtn obedecerse. sus mand•tol , sin embargo ae todo lo tju~ le ha merecido su total txterdlinéo. ~' Esto manifiesta evidentemente que· es absoluta la necesidad de ilustrarnos- en nuestras leyes constitucioniles para ·Oó. invertir su verdadero espiritu ' y al contrario observarlas y defenderla' con !~religiosidad. que ellas misma~ decnan~ dao. El punto qae se .cue9tíona es , do mucho intercs: :¡u ilum6'cion ha de pro· 119
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