Periódicos: El Pacificador, El Triunfo de la Nación, El Americano, Los Andes Libres, El Sol del Perú

que estaba en el Callao, por haber querido continuar en la siguiente .l\tl· mana por otro individuo que le habia gratificado. Y siendo este un exceso puramente militar, por haber sido co– metido en el servicio , abusando el ofi– tial de s4s facultades, podra V. E. sien· do servido mandar se proceda, con arréglo á ordenanza; y que se tengan ·todas las consideraciones que ésca pre– viene, así á unos individuos privilegia– dos que están h2lcitndo un merito tan interesante; poniéndose en libertad al indicado Alday , pues siendo un justo querellante, no debe sufrir ·el arresto en que lo puso el mismo oficial desputs de haber sido injuriado en público. Lima y marzo 2 de 1821. ::r:: Fuente Chavei. D1cr110. e Hagase en todo como pide el fiscal ; en su consecuencia, pón– gase al voluntario don Donato Alday en libertad: y para lo demas pásese al señor coronel mayor de la Concordia.= Una rúbrica de S. E.= El 1ampañm1 •11 &oncordiana. Señor Editor. =Para que no se .re– pitan equivocaciones iguales á la que he advertiJo en la gaceta del miérco· les último, núm. 1. en la qual se deno· mina don Manuel Riquelme adminis– trador de la aduana de la Concepcion, y para otros efoctos que pueden con– venir á la justa distribucion de los fon– dos nacionales, estimaré á V. estampe en el mismo periódico, ó en el Triun· fo de Ja Nacion este papel y las dos reales órdenes que van á continuacion, dispensando la molestia á su atento S. S. Q. B. S. M. = Vi&mte Ramo11 de Garay. Habiendo dado cuenta al rey el antecesor de V. S. en carta de 18 de diciembre último núm. 80, de haber nombrado a don Manuel Riquelme ofi– cial del ministerio de marina para el empleo de administrador general de reales derechos de la Concepcion , con el· sueldo y gratificacion que actual· mente ~ozaba , hasta que recayese la real aprobacion, teniendo presente S.M. que del expediente que se ha remi · tido no resulta la pr~puesta de la di– reccion, ni quien era ·el que tenia di– c4o destino, si era en propiedad ó iote- 3 rino, ni si ha fallecido o se le ha sepa· rado de él, y las causales que haya po· dido haber para ello , s~ ha servido resolver remita á V. S., como lo execu– to, el citado expediente , á fin de que haga la propuesta en debida forma, segun está repetidamente mandado, para en su vista resolver lo convenien· te. Lo que de su rt!al órden participo á V. S. para su intttligencia y cumpli· miento. Dios guarde á V. S. muchos años. Madrid 2:2 de agosto de i816.= Araujo. =Señor presidt!lilte de Chile. Traslado á V. la siguiente real ór– den que he mandado cumplir en 5 dd que rige. :;::: Excmo. Señor.= El n:y se ha servido aprobar el nombramiento que hizo V. E. en don Vicente Ramon dt! Garay para administrador de la aduana de la Concepcion de Chile, de que dió cuenta en carta de 26 dt! mar· zo último núm. 225, y de su real ór· den lo comunico á V. E. para su ime– ligencia, cumplimiento y noticia del interesado. Dios guarde á V. E. muchos años. Madrid 10de noviembre de 1818. =José de Imaz.=Señor virey del Perú. =Dios guarde á V. muchos años. Lima mayo 11 de 1819. =Joaquin de la Pe– z~ela.-:: Señor don Vicente Ramon de Garay. Es copia de documentos auténticos qua conservo. = Gara,1. ESTADOS-UNIDOS. Nutva-Torck 18 de noviembre. Ayer pasó al Sénado el secretarie> del tesoro un documento interesante el) cumplimiento de una resolucion toma– da en aquella camara en la última se– sion, y contiene la sustaocia de la infor– macion sobre las tit!rras compradasa los indios por log E. U., la cantidaJ vendi– da, su importe &c. &c. La cantidad que se ha pagado, y permanece sin pa– garse por los tratados hechos con las tribus indianas para indemnizarlas de las cesiones de tierras hechas a los Es· tados-Unidos es de ~.542,916 ps. fuer– tes , los ~astes ocasionados por la me· didas de las .tierras públicas desde 4 de marzo d~ 1789 , bttsta ~l 3 i de diciem– bre de 1819, ha sido de 4.243,632 pe– so¡ fuertes. La cllntidad total de tierra~ vendidas á los Estados Unidos hasta el 30 d~ seti\;mb¡e de 819 és 20.138,48~ 61

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