Primer Congreso Constituyente
DECRETOS Y COMUNICACIONES 133 pasados por las armas siendo aprehendidos, y los segundos serán desti– nados al ejército. 4. Los que desertaren de los cuerpos del ejército, y aun consiguien– temente de los cívicos acuartelados serán irremisiblemente fusilados. 5. Para consumar la deserción bastará para los veteranos y cívi– cos acuartelados la falta a tres listas de noche, que deberán precisa– mente pasarse en todos los cuarteles; y para los últimos que no lo es– tén la de no asistir por tercera vez a los ejercicios que deben tenerse hasta nueva orden de 4 a 6 de la tarde. 6. Los que ocultasen a un desertor, lo indujesen a cometer el cri– men o tratasen de la disolución o minoración de fuerza de los cuer– pos del ejército o Cívicos, serán pasados por las armas comprobado el delito. Por tanto mandamos se guarde, cumpla y ejecute en todas sus par– tes por quienes convenga, dando cuenta de su .cumplimiento el Minis– tro de estado en el departamento de la guerra. Dado en el Palacio de la Suprema Junta Gubernativa en Lima a 8 de Febrero de 1823- 49- 2Q de la República.- La Mar- Alvarado- Salazar y Baquíjano- Por orden de S. E.- Tomás Guido. 128 OBLIGACION DE LOS HABITANTES DE ENTREGAR SUS CABALLOS La Suprema Junta Gubernativa del Perú comisionada por el Sobe– mno Congreso constituyente: Por cuanto conviene al ejercicio del poder que le ha confiado orde– na lo 5iguiente: l. En el término de dos días todos los habitantes de esta Capital que no fuesen Generales, Jefes de cuerpos, Edecanes u oficiales de Es– tado Mayor, o de caballería, entregarán sus caballos a una comisión que se establecerá en el edificio conocido antes con el nombre de Cár– cel de la Pescadería y será compuesta del Sargento mayor de la Plaza, del alcalde de segunda nominación y del Capitán de caba:llería Don Ma– riano Gárate. 2. Los que hubiesen entregado sus caballos en el término pres– cripto, recibirán un boleto para recogerlos cuando no sean necesarios, y si no recibirán su valor cuando el Estado se desahogue: los que no lo practicasen los perderán absolutamente y serán multados propor– cionalmente.
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