Primer Congreso Constituyente
DECRETOS Y COMUNICACIONES 309 cialmente libre. Pero, ocurriendo embarazos difíciles de vencer, exa– minadas las circunstancias del país, que acaba de salir de la opresión y del estado más abyecto en que pudo verse un pueblo, ha parecido no convenir que se ejerza de esta manera el poder electoral.- No puede negarse, señor, que la elección directa exige ilustración en la masa ge– neral del pueblo, y cierta comodidad combinable con la multiplicidad de poblaciones en un extendido territorio. Pues si la calificación de las aptitudes de un representante, en cualquier Estado, no debe ser obra de puro instinto, en los esclavizados por largas centurias, debe– rán redoblarse el consejo y la prudencia, reservados de ordinario a hombres menos vulgares. Y mucho más, cuando ( por la misma cir– cunstancia) nunca faltan intrigantes, que, aprovechándose de la senci– llez de los vocales, suelen formarse un partido inexpugnable, cuyos re- - sultados tienen que llorar después los mismos que les sufragaron. Tam– bién es cierto que de la complicada ritualidad de esta especie de elec– ciones sufren mucha retardación los actos públicos, como ya lo hemos visto prácticamente el año anterior. Y esta experiencia nos ha enseña– do que por no saber leer ni escribir unos, por no entender lo que traían entre manos otros, y por debilidad, ignorancia y egoísmo muchos, acu– dían a la urna con listas enteramente distintas de su opinión, logran– do multitud de sufragios personas que no estaban en la mente de los electores., Mas, al evitar este extremo, tampoco se ha q'lierido incurrir en otro, de que da ejemplo el sistema de elecciones, según la constitución española. Por ella se reunían juntas electorales de parroquia, de pro– vincia y de partido, cometiéndose dos grandes defectos, cuales eran: reducir el nombramiento de diputados al sufragio de 7 ó 9 individuos, fáciles de ganarse por el Gobierno, y destituir a las provincias, que entonces se denominaban partidos, del derecho de elección. Actuada ésta en la capital del Departamento, salían de ella los representantes, y casi nunca de los partidos; pudiendo en muchas ocasiones preponde– rar un partido sobre todo el Departamento y darle la ley por sólo el número de sufragios, como ya ha sucedido. Lo cual es a 13: verdad muy ajeno al principio de igualdad que debe dirigir en todos los actos na– cionales, bajo la regla fija e inalterable de que cada provincia, según la nueva demarcación, tenga exclusivamente sus Diputados; sin que por esto dejen de ser todos Representantes de la Nación. Con cuya base de uniformidad, se conseguirá que cada una de aquéllas concurra directamente a las legislaturas, con sólo la diferencia de que las de mayor población tendrán más número de representantes; pero jamás se verá que una provincia absorba los diputados de todo un Departa– mento.
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