Primer Congreso Constituyente

DECRETOS Y COMUNICACIONES 311 ria tan importante como la del uso del Poder Electoral, del que infali– blemente depende la vida y engrandecimiento de un Estado libre. Considerada ya la República en el ejercicio del Poder electoral, es– to es, en la confección originaria de su gobierno, es muy natural se ana– lice cada una de las principales funciones en que se ha dividido, de– senvolviendo los principios generales, señalándose sus atribuciones y caracterizando las personas que han de administrarlo, en términos que jamás se confundan, ni que se excedan de sus límites naturales. Y sentada la base de que el Congreso, en quien reside exclusiva– mente el ejercicio del Poder · Legislativo, es esencialmente uno, se su– pone que sólo a los representantes que lo constituyen, toca decretar las leyes; debiéndosele fijar, el tiempo de su reunión, el de sus sesio– nes y sus facultades exclusivas; porque · de todas estas prevenciones resultan sólidamente aseguradas la dirección de los actos peculiares de cada diputado, la precisión y madurez de los deliberativos y la dis– tinción de las atribuciones de un Poder, que se afianza en el voto pú– blico, fundado sobre las virtudes y el talento, como que es la fuerza moral de la nación. Así es que, si por una parte el juramento que de– be prestar antes de ejercer el cargo, sella la responsabilidad del re– presentante, ya que no puede ser reconvenido ante la ley; inhabilidad de obtener para sí, o para otro empleo o condecoración alguna duran– te sus funciones, le pone en perfecta independencia aún del favor, des– de el momento en que se reúnan los padres de la patria y empiecen a vivir para la patria. Fijado queda para tan augusta solemnidad el 20 de Setiembre en memoria del día en que por la primera vez se insta– ló el Congreso Constituyente del Perú: permanecerá la legislatura tres meses consecutivos, tiempo que se conceptúa necesario para ir arre– glando en la primera edad política de la República todo lo conducente a su felicidad; pudiendo continuar por otro mes, si una parte conside– rable de la Representación lo resolviese con buen acuerdo -pues la indefinida prolongación de sesiones puede ser tan peligrosa, como lo es la retardación o contingencia de su apertura. La renovación del Cuerpo Legislativo, es otro de los puntos más sustanciales eri el sistema representativo. De ella depende que al ca– bo de tiempo no se forme una clase separada de las demás del pueblo, y que obre bajo el influjo ministerial; que el espíritu de superioridad del cuerpo no se arraigue en cada uno de sus miembros, y que la opi– nión reporte un mejoramiento progresivo, no sólo en cuanto a las elec– ciones sino aun en las leyes mismas. El modo de hacer esta renova– ción varía en casi todos los Estados, y la comisión, deseando evitar prevenciones, violencias y la preponderancia de una parte mayor del mismo Congreso respecto de otra menor en las decisiones, ha prescin-

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx