Primer Congreso Constituyente

350 PRIMER CONGRESO CONSTITUYENTE 5~ Velar sobre la inversión de los fondos públicos, e intervenir en la repartición de las contribuciones que se hicieren al departa– mento. 6<}. Proponer al ·Senado en terna los ciudadanos para el gobierno po– lítico de las provincias y distritos del departamento. 7'í!- Remitir anualmente al Senado lista de todas las personas be– neméritas en el departamento para los empleos públicos. 8<}. Informar anualmente al Senado sobre los medios y recursos oportunos para la mayor prosperidad de las provincias, dando razón de lo que hubiere hecho conforme a sus atribuciones, o lo que hubiere dejado de hacer. ~ Remitir al Senado la lista de tres ciudadanos elegibles para pre– sidente de la República. Art. 1369 Para ser vocal de esta junta se requieren las mismas ca– lidades que para diputado. Art. 1379 Se elegirá el mismo número de suplentes que de propie– tarios en cada junta departamental. CAPITULO X Poder Municipal A1t. 1389 En todas las poblaciones, sea cual fuete su censo, habrá municipalidades compuestas del alcalde, o alcaldes, regidores, síndico, o síndicos correspondientes; en la inteligencia de que nunca podrá ha– ber menos de dos regidores, ni más de diez y seis, dos alcaldes y dos síndicos. Art. 1399 La elección de estos individuos se hará por colegios elec– torales de parroquia, renovándose la mitad cada año según el reglamen– to respectivo~ Art. 1409 Las atribuciones del régimen municipal dependen: 19 De la policía de orden. ' 29 De la policía de instrucción primaria. 39 De la policía de beneficencia. 49 De la policiía de salubridad, y seguridad. 59 De la policía de comodidad, ornato y recreo. Art. 1419 Las municipalidades deben además: 19 Repartir las contribuciones o empréstitos que se hubieren se– ñalado a su territorio. 29 Formar los ordenamientos municipales del pueblo, y remitirlos al Congreso para su aprobación por medio de la junta departa– mental.

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