Primer Congreso Constituyente

DECRETOS Y COMUNICACIONES 377 El Señor Don Juan Muñoz por razón de sus dietas como Diputado del Soberano Congreso Constituyente del Perú elegido por el Departa– mento del Cuzco. Por quinientos cuarenta y cinco días útiles que le son abonables desde 20 de Septiembre de 1822 en que prestó juramento hasta 10 de Marzo de 1825 de este modo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . De 20 de Septiembre de 1822 hasta 17 de Febrero inclusive de 1824. Son días . . . . . . . . . . . . . .. Estuvo el Congreso en receso desde 18 de Febrero de 1824 hasta 10 de Febrero de 1825 en que nada se abona .......................... . Desde 10 de Febrero de 1825 hasta 10 de Marzo del mismo año . . . . . . . . . . . . . . . . . . Dfas Descuentos Por noventa y ocho pesos 5iete reales que ha reci– bido por cuenta de dietas según la razón que ha dado y se acompaña . . . . . . . . . . . . . . . . . . Ha de haber 516 ,, 29 545 a 10 ps. 5.450 98.7 5.351.1 Lima, Marzo de 1825. Manuel de Salazar y Vicuña Joaquín Arrese Francisco Agustín Argote ]. Modesto Vega Recibí el libramiento correspondiente a la liquidación de la cuenta. Lima y Abril 15 de 1825. Juan José Muñoz N9 20 COMISION DE HACIENDA Ajustamiento de las dietas respectivas al Señor Don Mariano Navia ' Bolaños, Diputado por el Cuzco, en el Soberano Congreso Constituyente del Perú. Archívese.

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