Primer Congreso Constituyente
384 PRIMER CONGRESO CONSTITUYENTE ha dado su apoderado Don Francisco Argote y deben rebajarse de sus dietas . . . . . . . . . . . . Alcanza tres mil setecientos un peso medio real 1.458.7~2 3.701. 1/2 Manuel de Salazar y Vicuña.- Francisco Agustín Argote.- Joaquín Arrese.- J. Modesto Vega. El Señor Don Rafael Ramírez de Arellano prestó juramento al So– berano Congreso como Diputado del departamento del Cuzco el 20 de Septiembre de 1822 día de su instalación. Pasó con licencia a Chile en Marzo de 1823, y por las ocurrencias desgraciadas de la venida de los españoles en Junio del mismo año a Lima, rebelión del ex-presidente Riva Agüero en Trujillo, y la de las tropas que guarnecían el Callao, y del ex-presidente Tagle a principios de Febrero de 1824 no pudo volver al Perú. Ha recibido por sus sueldos como Auditor de Guena las me– sadas desde 20 de Septiembre de 1822 hasta 15 de Marzo de 1823 a dos– cientos cincuenta pesos cada una que deben descontarse de sus dietas, y ninguna otra cosa, lo que declaro como su apoderado. Lima, Marzo 4 de 1825. Francisco Agustín Argote :Recibidos Pesos 1.458.7½ reales. N-? 23 El Señor Don Rafael Ramírez de Arellano por razón de sus dietas como Diputado del Soberano Congreso Constituyente del Perú elegido por el Departamento del Cuzco. Por quinientos diez y seis días útiles que le son abonables desde 20 de Setiembre de 1822 que prestó juramento hasta 17 de Febrero de 1824 de este modo.- De 20 de Setiembre de 1822 hasta 17 de Febrero inclusive de 1824. Son días . . . . . . . . . . . . Estuvo el Congreso en receso desde el 18 de Febrero de 1824 al 10 de Febrero de 1825 en que nada se abona . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tampoco se abona al Señor Ramírez cosa alguna por los 29 días en que ha tenido el Congreso se- siones desde el 10 de Febrero de 1825 hasta 10 de Marzo del mismo año, por no haber asistido Ha de haber 516 " " personalmente a ellas . . . . . . . . . . . . . . . . 516 a 10 ps. 5.160
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