Primer Congreso Constituyente
DECRETOS Y COMUNICACIONES 419 P. 358 días, que se rebajan del receso del Congreso en tiempo del poder Dictatorial desde 17 de Febrero de 1824 hasta 10 del mismo mes. 543 de 1825, en que se abrió . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . P. 543 días legítimos a 10 pesos . . . . . . . . . . . . 5430. Bájanse 98 pesos 7½ rs. recibidos a cuenta de dietas . . 98.7½ S. Y. se le deben Pesos 5331.0½ NOTA: La renta de canonjía Teologal perteneciente a este tiempo no le ha sido pagada en cantidad alguna, como es notorio por la decaden– cia del ramo de Diezmos por la ocurrencia de los . . . y guerra. Lima, Marzo 8 de 1825. Toribio Rodríguez El Señor Don Toribio Rodríguez por razón de sus dietas como Di– putado del Soberano Congreso Constituyente del Perú elegido por el De– partamento de Lima. Por quinientos cuarenta y cinco días útiles que le son abonables desde 20 de Setiembre de 1822 en que prestó juramento al Congreso el 10 de Marzo de 1825 de este modo.- De 20 de Setiembre de 1822 hasta 17 de Febrero inclusive de 1824. Son días . . . . . . . . . . . . . . 516 Estuvo el Congreso en receso desde el 18 de Fe- brero de 1824 hasta 10 de Febrero de 1825 al 10 de Marzo del mismo año . . . . . . . . . . 29 Ha de haber Días 545 a 10 p~. 5450. Descuent.os Por noventa y ocho pesos siete y medio real que ha recibido a cuenta de dietas según la razón que ha dado y se acompaña . . . . . . . . . . 98.7½ Alcanza cinco mil trescientos cincuenta y un ps. medio real . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5351.,, Y2 Lima, Marzo 8 de 1825. Manuel de Salazar y Vicuña J. Modesto Vega Francisco Agustín Argote Joaquín Arrese Recibí el libramiento de esta liquidación. Lima, Abril 14 de 825. Rodríguez
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