Primer Congreso Constituyente

DECRETOS Y COMUNICACIONES Por quinientos cuarenta y cinco días útiles que le son abonables desde 20 de Setiembre de 1822 que prestó juramento hasta 10 de Marzo de 1825 de este modo.- , De 20 de Setiembre de 1822 hasta 17 de Febrero inclusive de 1824 son días . . . . . . . . . . . . . . 516 Estuvo el Congreso en receso desde 18 de Fe- brero de 1824 hasta 10 de Febrero de 1825 en que nada se abona.- Desde 10 de Febrero de 1825 hasta 10 de Marzo del mismo afio . . . . . . . . . . . . . . . . 29 423 Ha de haber Días 545 a 10 ps. 5450 ,, Descuentos Por la mitad de una mesada que ha recibido por sus sueldos y deben rebajarse según la razón que ha dado y se acompaña . . . . . . . . . . . . . ... Alcanza cuatro mil cincuenta pesos . . . . . . . . Lima, Marzo 8 de 1~25. 1400,, 4050 Manuel de Salazar y Vicuña ]oaquín Arrese ]. Modesto Vega Francisco Agustín Argote Recibí el libramiento relativo a esta liquidación. Abril 14 de 1825. Ignacio de Alcázar NQ 53 COMISION DE HACIENDA Ajustamiento de las dietas respectivas al Señor Don Francisco Sala– zar Diputado por Puno en el Soberano Congreso Constituyente del Perú. Archívese. El Diputado que Subscribe prestó juramento y tomó asiento en el Congreso en Diciembre de 1822 recibió sus pagos como General de Di– visión hasta 31 de Mayo de 1823 después de esta fecha no ha recibido haber ninguno, pero en l <? de Febreo último ha sido nombrado Inspec– tor General y se le ha mandado abonar por la Tesorería de la República

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