Primer Congreso Constituyente

DECRETOS Y COMUNICACIONES 425 En 7 de Agosto de 1823, fui incorporado a la Representación Nacio– nal, en clase de Diputado del Departamento de Puno, serví sin intermi– sión todo el tiempo que permanecieron las sesiones, y no tengo data alguna. En la presente reunión no se me adeudan dietas, por disfrutar des– de el 19 de Enero último, mayor sueldo o renta en la Hacienda pública, y estar convenido a que se me satisfaga en igual conformidad que la que se verifica con las corporaciones en que se me ha asignado. ' Lima, y Febrero 28 de 1825. José María Galdiano SS. Diputados de la Comisión de Hacienda El Señor don José María Galdiano por razón de sus dietas como Di– putado del Soberano Congreso Constituyente del Perú elegido por el De– partamento de Puno. Por ciento noventicinco días que le son abonables desde el 7 de Agosto de 1823 en que prestó ju- Ha de haber ramento al 17 de Febrero de 1824 . . . . . . . . 195 a 10 ps. 1950 Estuvo el Congreso en receso desde el 18 de Febrero de 1824 hasta 10 de Febrero de 1825 en que nada se abona.- Tampoco se le abonan los 29 días corridos en las sesiones del 10 de Febrero al 10 de Marzo de 1825 porque se atiene al sueldo que como Magis– trado le está asignado.- Descuentos No ha recibido cosa alguna a cuenta de sus die– tas, como const;a de la razón que ha dado y se acompaña.- Alcanza mil novecientos cincuenta pesos . . . . . . Lima, Marzo 8 de 1825. 1,950 Manuel de Salazar y Vicuña Modesto Vega Francisco Agustín Argote I oaquín Arrese Recibí la Libranza respectiva bajo el NQ 56. Lima y Abril 28/825. José María Galdiano

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