Primer Congreso Constituyente

DECRETOS Y COMUNICACIONES 41 ción del Congreso, siempre que no estén en oposición con el nuevo or– den de cosas; y con las declaraciones que se expidieren por la autori– dad nacional, constituida por la expresa voluntad de los pueblos. Lo tendrá entendido la Junta Gubernativa, y dispondrá lo necesario para su cumplimiento, mandándolo imprimir, publicar y circular. Dado en la sala del Congreso, a 6 de octubre de 1822.- 39- Ja– vier de Luna Pizarra, Presidente.- José Sánchez Carri6n, Diputado se– cretario.- Francisco Javier Mariátegui, Diputado secretario. Por tanto mandamos a todos los tribunales, justicias, jefes, goberna– dores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas de cualquier clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y eje– cutar el presente decreto en todas sus partes. Lo tendrá entendido pa– ra su cumplimiento el secretario de estado en el departamento de go– bierno, y dispondrá se imprima, publique y circule.- Dado en el pala– cio de la Junta Gubernativa, en Lima a 8 de Octubre de 1822.- 39 de la Libertad.- José de la Mar.- Felipe Antonio Alvarado.- El Conde de Vista-Florida.- Por orden de S.E.- Francisco Valdivieso. 38 DECRETO DEROGANDO AL ART. 17 DEL REGLAMENTO DE CAR– CELES. LIMA, 9 DE OCTUBRE DE 1822 La Suprema Junta Gubernativa del Perú nombrada por el Sobera– no Congreso constituyente, a todos los que las presentes vieren y enten– dieren; sabed que el Congreso ha decretado lo siguiente: EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERU Considerando que los desgraciados que se depositan en las cárceles no deben ser escarnecidos; Declara: Que queda derogado el artículo 17 del reglamento de cárceles de 23 de Marzo de este año. Lo tendrá entendido la Junta de Gobierno, y lo mandará imprimir, publicar y circular. Dado en la sala del Con– greso en Lima, Octubre 8 de 1822.- 39.- Javier de Luna Pizarra, Presi– dente.- José Sánchez Carrión, Diputado secretario.- Francisco Javier Mariátegui, Diputado secretario. Por tanto mandamos a todos los tribunales, justicias, jefes, goberna– dores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx