Primer Congreso Constituyente

DECRETOS Y COMUNICACIONES N<> 60 COMISION DE HACIENDA 431 Ajustamiento de las dietas respectivas al Señor Doctor Don José Sán– chez Carrión, Diputado por Trujillo en el Soberano Congreso Constitu– yente del Perú. Archívese. El Diputado que subscribe entró al Congreso en 20 de Setiembre de 1822 durante el tiempo de las Sesiones sólo ha percibido noventi– ocho pesos siete reales que a auxilio de su emigración en Junio de 1,823. No incluyo el mes corrido desde 19 de Febrero a 19 de Marzo último por haber recibido el sueldo correspondiente al cargo de Ministro de Es– tado que he servido. Es todo lo que puedo contestar a la nota de V. S. Lima, y Marzo 3 de 1829. José Sánchez Carri6n Señor Don Francisco Agustín Argote a la Comisión de Hacienda El Señor Don José Sánchez Carrión por sus dietas como Diputado del Soberano Congreso Constituyente del Perú, elegido por el Departa– mento de Trujillo. Por quinientos diez y seis días útiles, que lys son abonables desde el 20 de Setiembre de 1822 en que prestó juramento hasta 17 de Febrero de 1824 en que quedó el Congreso en receso, le corresponden a razón de 10 pesos diarios cinco mil ciento sesenta pesos . . . . . . . . . . . . . . . . Estuvo el Congreso en receso desde 18 de Febre– ro de 1824, hasta 10 de Febrero de 1825 en que nada se abona.- Desde 10 de Febrero de 1825 en que se abrieron las sesiones hasta 10 de Marzo del mismo en que cesaron se comprenden veinte y nueve días que no son abonables al Señor Carrión por haber gozado el sueldo de Ministro de Estado en el Departamento de Gobierno.- Días Ha de haber 516 5160 516 a 10 ps. 5160

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx