Primer Congreso Constituyente
DECRETOS Y COMUNICACIONES 433 Demostración de las Dietas correspondientes a Alejandro Crespo y Casam Diputado por la Provincia de Trujillo. 98-7½ 1300- 156- 1554-7½ A Saber Haber 56 días desde el 5 de Noviembre de 1822 en que se recibió en el Congreso hasta 31 de Diciembre del mismo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 056 Haber 365 días correspondientes al año de 1823 . . 365 Haber 365 días correspondientes al año de 1824 . . 365 De Enero de 1825 a 10 de Marzo, en que se cierra el Congreso . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 69 855 Bájanse 358 días por el tiempo del receso del Con- greso en el Gobierno Dictatorial desde 17 de Febrero de 1824 hasta 10 del mismo mes de 1825 . . . . . . . . 358 Por 497 días a 10 pesos ... . . . . . . . . . . . . . . Debe 98 ps 71/2 rs que recibió al emigrar al Callao Debe 1300 ps recibidos por su renta de Canónigo de Trujillo en un año 4 meses, 8 días, que componen los 497 días a razón de 80 ps mensuales . . . . . . . . . . Debe 156 ps recibidos por 104 leguas computadas de Trujillo a Lima a 12 rs. Haber Debe 4970 1554-7½ 497 4970- S. Y. se le deben ps 3415- ½ Lima, Marzo 5/ 1825. Alejandro Crespo Casam El Señor Don Alejandro Crespo por razón de sus dietas como Di– putado del Soberano Congreso Constituyente del Perú elegido por el De– partamento de Trujillo. Ha de Haber Por cuatrocientos noventinueve días útiles desde 5 de Noviembre de 1822 en que prestó juramento hasta 10 de Marzo de 1825 de este modo.-
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