Primer Congreso Constituyente
DIARIO DE DISCUSIONES Y ACTAS 467 tanto, su eijerc1c10 es el únicamente delegable, o bien en persona de su seno o de fuera, y que sólo la mayor experiencia y pública confianza debe determinar la nominación de las personas más adecuadas para el Gobierno. Conservar el ejercicio del poder ejecutivo daría según Rousseau lu– gar a equivocaciones. Esto es, que las providencias especiales de go– bierno fuesen confundidas con las leyes como dimanadas unas y otras de un mismo cuerpo. El señor Pezet- Toda la sangre que ha anegado a las naciones, todos los esfuerzos de los pueblos, todos los escritos inmortales de los aman– tes de la libertad política y civil, tienen por origen, por objeto, por re– medio único, arrancar de las manos que hace la ley, la potestad de .eje– cutarla y aplicarla. Siendo esta indudable, la proposición contraría el objeto del Congreso y el bien general. Además siendo el Congreso una persona moral, indivisible y com– poniéndose del concurso de las voluntades individuales de todos los pueblos del Perú, con el objeto de ser independientes, libres, felices y permanentes en la felicidad, se sigue que sacar de su seno la autoridad ejecutiva es excederse de los límites de los poderes; porque, siendo esa persona moral compuesta de hombres capaces de pasiones, miras, intereses, se exponen a satisfacerlas a costa de los pueblos, que en sus poderes nunca imaginaron semejante procedimiento. Ultimamente, los legisladores y políticos, previendo los inconve– nientes que resultarían del ejercicio del poder ejecutivo por el legis– lativo, han deslindado las atribuciones de ambos poderes y puesto los límites a que cada uno de ellos debe ceñirse. Así, han convenido en los cuatro artículos siguientes, de los que no debe, sin injuria, exceder– se el poder legislativo. Primero: formar leyes generales para todas las clases de la socie– dad, sin variarlas en casos particulares. Segundo: que las leyes no deban tener otro objeto que el bien del pueblo. Tercero: que el poder de hacer leyes no pueda trasmitirse a nin– gún cuerpo, persona, ni lugar. Cuarto: no poder levantar impuestos sobre la propiedad del pueblo sin su consentimiento, voluntad o declaración. El señor Larrea- Creo de la mayor importancia que ante todas co– sas ~e haga la conveniente división y distribución de las atribuciones
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