Primer Congreso Constituyente

DECRETOS Y COMUNICACIONES 47 DECRETO DEL CONGRESO ESTABLECIENDO INCOMPATIBILI– DAD EN EL DESEMPEÑO DE ALGUN EMPLEO Y EL EJERCICIO DE LA DIPUTACION 49 Decreto del Soberano Congreso, mandado cumplir por la Suprema Junta Gubernativa. EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERU Ha venido en decretar y decreta lo siguiente: l. Los diputados que obtuvieren algún empleo o destino incompa– tible con la diputación, dejarán de ejercerle mientras desempeñen ésta; gozando la dotación de sus respectivas plazas. 2. Se gradúan de incompatibles con el cargo de diputado los em– pleos contenidos en la lista civil, inclusos los abogados, que no podrán informar en los tribunales, ni subscribir recursos en la militar; y en la eclesiástica con jurisdicción. Tendrálo entendido la Junta Gubernativa, y dispondrá lo necesario a su cumplimiento. Dado en la sala del Con– greso, en Lima a 14 de Octubre de 1822.- 39- Javier de Luna Piza– rrro, Presidente.- José Sánchez Carrión, Diputado secretario.- Francis– co Javier Mariátegui, diputado secretario. 48 DECRETO DEL CONGRESO DISPONIENDO LAS NORMAS DEL ACTO DE CLEMENCIA A LOS REOS MILITARES Y MARINOS La Suprema Junta Gubernativa del Perú nombrada por el Sobera– no Congreso Constituyente, a todos los que ws presentes vieren y enten– dieren; sabed que el Congreso ha decretado lo siguiente: EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERU Deseando señalar el plausible día de su instalación con un acto de clemencia propio de tan grande acontecimiento, ha venido en conceder un indulto general a todos los reos militares del ejército y armada del estado, y demás personas que ·gocen del fuero de guerra, en los térmi– nos siguientes. Art. 19 Este indulto comprende todos los crímenes contra el servi– cio militar, y comunes en que se hallen actualmente incursos los indi-

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