Primer Congreso Constituyente
DECRETOS Y COMUNICACIONES 93 Art. VI. Cuando la numeración ofrezca una diferencia de menos de cuatro votos, nombrará el Presidente tres Diputados: uno de la clase afirmativa, otro de la negativa, y el 39 de cualquiera de las dos, para que cuenten aquéllos los vocales de su clase, y éste la totalidad. Y no se publicará la votación hasta haber hecho la confrontación corres– pondiente. Art. VII. En la votación nominal formarán dos listas los Secretarios, encargándose el uno de los Diputados que aprueben, y el otro de los que desaprueben. Empezará la votación por el primero de la derecha, guardándose el orden de asientos, y pasará a la izquierda: luego pregun– tará uno de los Secretarios por dos veces, si queda algún Diputado por votar, y no habiéndolo, lo hará finalmente el Presidente. Art. VIII. Los Secretarios harán la regulación en voz baja ante el Presidente, y después leerán desde la tribuna el uno los nombres de los que hubieren estado por el si, y el otro los nombres de los que es– tén por el no, para rectificar cualquier equivocación: contarán por úl– timo los unos y los otros, y se publicará la votación. Art. IX. La votación por escrutinio empezará por contar un Secre– tario el número total de los vocales, después de lo cual cada Diputa– do escribirá en una cédula el nombre de la persona o personas por quie– nes vote, la que recibirá el Presidente, y sin leerla la echará en una urna que se colocará sobre la mesa. Concluido este acto, se procederá a la regulación entre el Presidente y Secretarios: se comprobará cote– jándola con el número total de los votantes, y se publicará. Art. X. Las votaciones se decidirán por pluralidad absoluta, esto es, por uno más de la mitad. Art. XI. Si en las votaciones que versen sobre propos1c10nes resul– tase empate, se abrirá de nuevo la discusión al día siguiente. Art. XII. En las votaciones que versen sobre elección de perso– nas, se excluirán todas aquéllas que hayan sacado menos de diez vo– tos y se procederá a segunda votación. Si en ésta tampoco resulta plu– ralidad absoluta, se pasará a tercera, en que sólo entrarán las dos o más que hayan obtenido igual número de votos entre sí, o mayor res– pecto a los demás. En el caso que estuvieren iguales dos o más per– sonas debajo de otra que haya sacado el mayor número de votos, se votará por el mismo orden, cuál de aquéllos habrá de entrar en escru– tinio con ésta. Los empates en cualquier estado obligarán a nueva vo– tación, y si todavía resultare empate, en ésta se confiará el resultado a la suerte entre las personas que compitan.
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