Primer Congreso Constituyente
132 PRIMER CONGRESO CONSTITUYENTE Se hizo presente el informe de Ja comision de Justicia relativo al juicio seguido en el Tribunal de Seguridad pública contra el es– pañol Don Pedro Larrañaga por enemigo de la Independencia de América. La comision despues de difundirse en el relato de los he– chos que constan del proceso, y despues de varias reflecciones en fa. vor de Larrañaga, opinó: "Que respecto a la anuencia que presta el P1esidente del expresado Tribunal, para que se le ponga en libertad por haberse tomado la determinación de su estrañamiento como una medida de precaución, se devuelva el expediente al de la Repúbli– ca, para que en atención al nuevo merito, a la larga carcelería que ha sufrido Larrañaga, y a la gracfa del indulto implorada, acceda a su solicitud, consultando la seguridad del Estado con la fianza ofre– cida, y demas calidades propuestas o las que estimase mas confor– mes". Suscitase un largo y acalorado debate, y declarado el punto su– ficientemente discutido, fue desechado el dictamen de la Comisión. Entonces el Sr. Ferreyros fixó la proposicion siguiente: "No hay lugar al indulto que se solicita; y en su consecuencia, pase al Gobier– no para que procediendo en Ja materia con arreglo a las facultades que se le tienen conferidas, adopte las providencias que consulten en todo la seguridad pública". Fue desechada. El Sr. Mariátegui presentó la siguiente: "Pase al Gobierno para que el español Larrañaga a quien injustamente se ha procesado, y ha de– bido considerarse como prisionero de guerra, y quien pide se le per– mita tomar partido, le conceda esta solicitud, o la deniegue segun lo mas conveniente a la seguridad pública". Fue aprobada. Leyose el infonne de la Comision de premios relativo a la so– licitud interpuesta por Doña Manuela Estacio y Doña Mercedes No– garcda sobre que se les continúe el abono de la pension mensual que les estaba asignada por el Fundador de la libertad. Habiendo opinado la comision que debía delcararse la permanen– cia de estas penciones, reservando el pago de ellas para cuando el Tesoro se halle en estado de sufrirlo despues de satisfechos todos los gastos , nacionales; se mandó: "Que se remitan los antecedentes respecti– vos al señalamiento de esta y demas penciones que se hubiesen de– cretado desde el tiempo del Gobierno provisorio". Se dió segunda lectura a la proposicion del Sr. Aice, sobre que se autorice al Libertador para hacer tratados con los españoles y pa– ra hacer ciudadanos del Perú a todos los que tomen parte de su li– bertad.
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