Primer Congreso Constituyente
348 PRIMER CONGRESO CONSTITUYENTE Leyóse tambien el citado N9 17 del Patriota de Guayaquil en que se describe el carácter político de la comisión de España cerca del Go– bierno mejicano, y en seguida leyóse la convención preliminar, acorda– da entre el Gobierno de Buenos Aires y los comisionados de S. M. C. Con– ferenciando en seguida los señores del Senado, sobre todos y cada uno de los artículos anteriores hicieron las observaciones respectivas a las ventajas que el Perú podía sacar si se hiciese una convención con los representantes de S. M. C., en los términos contenidos en la autorización a los comisionados por el Gobierno de Méjico en lo adaptable a esta República, bajo la libertad sin límites de tratar de la total emancipa– ción de este opulento hemisferio, que es la primera de las cláusulas de las facultades concedidas por las Cortes y sancionadas por el Rey a los comisionados españoles: reflexionó si en el caso que la Francia sojuz– gase a la España y pretendiese tener derecho por este acto a las Amé– ricas, o si triunfaba el partido antiliberal o contrario al que hoy preva– lece en España; sería conveniente que el Perú entrase en negociaciones que no habían de ser, en cualquiera de los dos casos anteriores, aproba– das, y se resolvió: que habiéndolas entablado los gobiernos de América, parecería muy extraño que el Perú las repugnase, especialmente cuando tratando en el día con un Gobierno legítimo, cual es el Español, tenía el Perú un derecho mas que alegar para su emancipación e independen– cia sobre aquellos con que hasta el presente ha peleado por conseguirla. Bajo de este supuesto se propuso anticipar al General español que manda las tropas enemigas del Perú, un mensaje por el cual se adelan– tase una convención formada por las bases referidas, ahorrando a los pueblos con esta medida los estragos consiguientes a la guerra que se– guiría hasta el momento que se concertasen con los representantes de S. M.C. los artículos relativos a una convención peculiar y acomodada a los negocios y circunstancias del Perú. Despues de algunas reflexiones que hicieron los señores Senadores sobre la materia, y de haberse decidido por una negociación con los es– pañoles, bajo la base precisa de la formal independencia del Perú Y de una paz estrecha y duradera, acordaron: que se autorice al Excelen– tísimo señor Presidente de la República para promover una Convención o tratado definitivo, dejando a su arbitrio nombrar el sujeto a quien se le encargue y Jos capítulos bajo los cuales se hubiere de entablar, siem– pre que todo fuese bajo el principio enunciado de paz duradera y de la formal independencia del Perú. Concluida esta materia propuso el señor Ostolaza que se formase en esta ciudad de Trujillo un Tribunal de Apelaciones. Por los motivos expresados en el debate, por un acto de justicia y por una particular consideración debida al departamento de Trujillo, atendiendo a los mu-
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