Primer Congreso Constituyente

CONVOCATORIA Y ELECCION DEL CONGRESO CONSTITUYENTE 5 "y del público, si, a fin de darle cuenta de la actividad de sus opera– "ciones, no manifestara a V. E. las dificultades que ha tocado al com– ''binar los primeros elementos de su trabajo; porque refundiéndose "aquellas en un necesario entorpecimiento de éste, sólo las superio– "res decisiones de V. E. en la materia podrán dar a la comisión la con– "fianza que apetece, y que para el suceso conveniente reclama una tan ;,útil, como debida ocupación". "La primera dificultad consiste nada menos que en la imposibili– "dad física que advierte la comisión de que para el día 19 de mayo "prefijado, se reunan en la capital todos los representantes de los de– "partamentos libres del Perú: porque aunque la comisión, dando un "impulso extraordinario a sus trabajos, logre en todo el mes de Fe– ''brero regularizar los métodos más propios de la novedad de las cir– "cunstancias, según los cuales deban practicarse las respectivas elec– '·ciones, y aun cuando ellos obtengan sin previo examen la suprema "aprobación de V. E., semejantes instrucciones que no podrán comuni– "carse a los departamentos del norte hasta el 8 de marzo, en la salida ''del correo de esa carrera, se recibirán en Truxillo el 18 del propio "mes, en Piura a 24, y con mayor posterioridad a proporción de las "distancias, en los puntos más apartados de la cabeza del departa– "mento, siendo por fin inverificable su recibo en Maynas en todo el "mes de abril. Y como se requiere el período conveniente para que "el reglamento se observe en sus meno.res detalles, y las elecciones "intermedias se expidan con la perfección correspondiente para el "acierto, y además para que los diputados electos preparen y realizen "su venida; la naturaleza misma de las cosas demanda un largo espa– ''cio de tiempo, sin el que es inconcebible la ejecución completa de "formas tan esenciales". En consecuencia de estas observaciones, el gobierno ha mandado que continúe la comisión sus trabajos, para que ya que no sea posi– ble reunir el congreso en el mes de mayo, solo. se difiera el tiempo absolutamente preciso para verificarlo, conforme a las intenciones del gobierno y a los intereses generales de cuantos desean oir la ex– presión solemne de la voluntad del pueblo. Gaceta del Gobierno: T. II, N9 17; miércoles 27 de febrero de 1822

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