Primer Congreso Constituyente

ACTAS DE LAS SESIONES PUBLICAS 235 SESION DEL DIA 3 Leida y aprobada el acta anterior, se oyó con agrado la nota del Presidente de la Junta Gubernativa dirigida al del Congreso, en la que acompaña el parte dado por el comandante general de la costa del Sur, detallando la brillante comportación con que los Usares de la Legión Pe– ruana han escarmentado á los enemigos en el valle de Chinchanga. Se dió tercera lectura a las proposiciones del Sr. Navia y Moscoso relativas al libre comercio del Tabaco Habano, y derechos que deben co– brarse, vendiéndose en público remate el que perteneciese al Estado. Se di6 igualmente la tercera lectura a la proposición del Sr. Tude– la, acerca de las calidades con que deben entregarse los bienes de Dn. Pedro Abadia. Se dió primera lectura a otra del mismo Sr. relativa a que el Con– greso declare como insubsistente el art9 69 capítulo 89 del reglamen– to interior. Se mandó agregar a la acta el voto de los SS. Andueza, Carrión, Ma– riátegui, Otero, Luna Pizarro, Ostolaza, Lago, Soto, Rodríguez (Dn. An– tonio), Quezada, Dieguez, contrario a la resolución que se tomó, por la cual no se mandó devolver al Presidente del Departamento la acta del juramento de las bases; y á la segunda por la que se mandó pasar á la Secretaría de Gobierno por la General del Congreso. El Sr. Presidente indioó si debería correr la moneda de cobre en la misma forma y con las mismas inscripciones que se presentó, o si le debería dar alguna alteración, sobre lo que se suscitó un vivo deba– te, y declarado el punto bastantemente discutido se resolvió, que corrie– se en la misma forma poniéndose en letras "Un cuarto de peso y octa– vo de peso''; y al reverso República Peruana, sin abreviatura. Se leyó el informe de la comisión de Justicia sobre la presentación del Español Dn. Juan Antonio Clarich, en que solicita carta de ciudada– nía, para seguir ejerciendo la tutela de los hijos menores del finado Dn. Francisco Riobó; y opina la comisión, que el Soberano Congreso en con– sideración á los menores puede dispensarle la gracia que solici~, sobre cuyo dictamen hubo un ,vivo debate, y se mandó pasar a la Camara de Justicia, para que informase con auto lo que sea de justicia acerca del manejo de dicho Clarich en la administración de los bienes de los men– cionados menores.

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