Primer Congreso Constituyente

ACTAS DE LAS SESIONES PUBLICAS 333 Se leyó el informe de la comision de Justicia relativo á la proposi– cion del Sr. Tudela sobre la entrega de los bienes de Abadía decretada á favor de su muger e hijo, á la representacion de Da. Rosa de la Piedra viuda de D. Lorenzo Lequerica, y al recurso interpuesto en contradic– cion de la solicitud de esta. La comision fue de opinion se pasasen los recursos de la viuda y de la parte contraria al gobierno, para que los remita al Juez que corresponda, con el fin de que haga saber á los ex– presados propongan sus acciones en forma, y al defensor de menores en lo respectivo al pupilo, entendiendose que la providencia librada por el Congreso solo se dirije á alzar el secuestro en lo relativo á la utili– dad del Estado. Despues de un vivo debate, fue aprobado este dicta– men. Se dió cuenta del informe de la comision de Justicia sobre la soli– citud del maestro carpintero José Manuel Sanz, y ofreciendose algunas dificultades, que no se pudieron allanar de pronto, se mandó volver á la misma comision para que rectifique su dictamen. Continuó la discusion sobre el reglamento de Aduana. Contaduría y Tesorería. Artículo 189 "El contador y tesorero se– ran los jefes particulares de estas oficinas" suscitase debate en que se demostraron los inconvenientes, que resultarían de unir ambas ofici– nas y habiendose resuelto, que permanezcan separadas como están ac– tualmente se sostituyó el siguiente artículo: "el contador será el jefe particular de esta oficina". Como todos los <lemas artículos compren– didos en esta parte del reglamento hasta el cinquenta y siete inclusi– ve fueron organizados sobre la base de la union de ambas oficinas, se mandaron pasar á la comision, para que les arregle conforme á lo acordado. Vistas. Leido el artículo 58 y siguientes se determinó fijar el nú– mero de estos empleados, que no se había expresado en el reglamento porque la comision lo creyó innecesario, puesto que no trató de innovar en el particular. Se mandó agregar el artículo siguiente: "Habrá por ahora dos vistas". Por consiguiente fue necesario indicar las qualidades, que debían caracterizar a estos individuos, para merecer unos empleos de la ma– yor confianza, y que circunstancias debían preceder á su nombramien– to: por tanto se propuso el artículo siguiente: "Estos deberán haber sido antiguos y peritos comerciantes y de notoria probidad y deberán calificarse por la camara de comercio sus aptitudes para obtener el cargo". Empezada la discusion de este artícu– lo fue necesario suspenderla para pasar a sesion secreta y se levantó la publica. Carlos Pedemonte Presidente

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