Primer Congreso Constituyente
386 PRIMER CONGRESO CONSTITUYENTE 39-Que se ordene al poder militar de que habla el artículo an– terior disponga una fuerza necesaria para la seguridad del Congreso y la defensa de aquel departamento, sin perjuicio de los planes tra– zados para rechazar al enemigo". Despues de una larga y acalorada discusion fué aprobada. El señor Colmenares hizo la siguiente adicion: "El poder militar de que habla la proposición "segunda, recaiga en el General en Jefe del Ejercito Unido". Fué aprobada. El mismo señor hizo la siguiente proposición: "Que se invite di– rectamente al Libertador Presidente de la República de Colombia pa– ra que venga a salvar al Perú, por medio de una legacion de dos individuos del Seno del Congreso'·. Fué aprobada. En su consecuencia fué electo por aclamacion el señor Olmedo; y habiendose procedido a votacion para elejir el segundo, recayó en el Sr. Carrion que obtuvo treinta sufragios, el señor Otero seis, el señor Zalazar dos, y uno el señor Colmenares; y se mandaron estender a dichos señores las credenciales correspondientes. El señor Figuerola llamó la atención del Congreso, y consultó lo que debería practicar en las actuales circunstancias sobre la residencia de los señores diputados que componían la Junta Gubernativa, y que unicamente los departamentos de Trujillo y de Lima, habían venido absueltos los interrogatorios, y de ellos resultaba justificada la conducta de dichos señores, y pidió informase al Señor Fiscal sobre el particu– lar, pues los autos se hallaban en su poder para abrir dictamen. Con este motivo espuso dicho Señor Fiscal, que de los autos resultaban absueltos de toda responsabilidad, por lo que debía pedir su absolu– ción; pero en cuanto a los interrogatorios que faltaban sin embargo de haberse vencido el término señalado por las leyes pensaba se ofi– ciase de nuevo a los departamentos que no los han remitido. Ente– rado el Congreso de la esposicion de ambos señores, acordó el de– creto siguiente: "Quedan absueltos los individuos que compusieron la Junta Guber– nativa del juicio, y libres de todo cargo y responsabilidad, quedando satisfecho el Congreso de su laudable conducta y zelo en el desem– peño de sus deberes; y que en su virtud deben restituirse a su se– no, conforme a lo resuelto en el decreto de su creacion". Se levantó la sesión. Francisco Agustín Argote Vice Presidente
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