Relaciones de viajeros
464 ESTUARDO NU&EZ "El décimo año de la revolución sud-americana y al año trecientos de la conquista del Perú, gente cuyo rango en la escala social ha sido hasta ahora subestimado, ha decidido éste romper las cadenas que Piza– rro empezó a forjar, con manos sangrientas, en 1520. El gobierno esta– blecido en Chile desde su restauración, concibiendo este magnífico plan, ha juzgado que sería conveniente ejecutarlo por mano de la persona que habiendo en dos oportunidades prometido salvar a su país, ha triunfado las dos veces. Esta lista a proceder una expedición equipada a costa de grandes sacrificios, y la armada de Chile, junto con la de los Andes, es– tá ahora llamada a redimir la tierra en que mas tiempo ha existido la esclavitud, y en la cual se han ejercido los mayores esfuerzos para opri– mir a todo el continente. Venturoso dia el que anota los movimientos y la acción de esta expedición! El objeto de ella es decidir si ha llegado o no el momento en que la influencia de Sud-América en el mundo se equipare con su tamaño, sus riquezas y su ubicación. O'Higgins". La expedición llegó a las costas del Perú, y los buques ancla– ron en la bahía de Paracas, a tres leguas del sur de Pisco, el seis de setiembre; el ocho había desembarcado una división y tomado posesión de Pisco; el doce habían desembarcado todas las tropas, y el general San Martín había establecido alí ·su cuartel, cuando, tras haber sacado ciertas ventajas al enemigo, y haber mandado al general Arenales con una división al interior, se dirigió a Ancón, dejando a Lord Cochrane que bloqueara al Callao. He aquí algunos extractos de proclamas del supremo director de Chile, y del general San Martín, que fueron publicadas por el ejército libertador tras haber desembarcado en Pisco: "Peruanos! He aquí el pacto y las condiciones en que Chile, ante el Ser Su– premo, y llamando e invocando a todas las naciones de la tierra como testigos y vengadores de una violación, pasa tantas fatigas y hasta sufre la muerte para salvaros. Sereis libres e independientes: constituireis vuestras propias leyes por la espontánea e imparcial voluntad de vues– tros representantes; no tendreis influencia sobre vosotros ni civil ni militar, ni directa ni indirecta en vuestras disposiciones sociales; des– pedireis la fuerza armada que se os manda para protegeros en el mis– mo momento que lo decidais, sin atención a vuestro peligro o seguridad:· si no lo deseais, ninguna fuerza militar ocupará un pueblo libre si no es llamado por un legítimo magistrado: no se castigará ni por nuestra mano ni con nuestra ayuda ningún sentimiento Peninsular ni de partido que haya precedido a vuestra libertad; dispuestos a des– truir la fuerza armada que se resiste a otorgaros vuestros derechos, os rogamos olvidar, en el dia de vuestra gloria, todo antiguo resentimiento, y reservar vuestra mas severa justicia para futuros insultos obstinados. O'Higgins".
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx