Relaciones de viajeros
RELACIONES DE VIAJEROS 327 tulos durante la dominación española, bajo el nombre de títulos de Castilla, gozaran de los mismos honores, bajo la designación de tí– tulos del Perú, o los cambiasen por otros que pudieran ser más con– cordantes con el nuevo estado de cosas establecido. Así se vio una República con condes, marqueses, vizcondes, etc., lo que es ciertamente una anomalía muy digna del que concibió la idea. El 27, el Protector, de acuerdo con su Consejo de Estado, orde– nó que el 1<.> de mayo de 1822 se reuniese en la capital el Congreso general del Perú y que se nombraran representantes para las provin– cias que estaban aún bajo la dominación opresora del enemigo. El único defecto de este Congreso era determinar definitivamen– te la forma de gobierno que había de establecerse y la formación de una Constitución más conveniente para el Perú, en razón de las cir– cunstancias relativas a su territorio y población. Todos los otros poderes dados a los diputados debían conside– rarse como nulos y sin efecto. Ordenóse además que se nombraría en Lima una comisión pre– paratoria para redactar un plan relativo al modo de elección de los diputados y parn preparar las bases de la Constitución, obra que debía estar terminada antes de la reunión del Congreso. Así, pues, las leyes destinadas a la nación debían ser hechas por una comisión particular, bajo la dirección de San Martín y sus ministros, y el Congreso estaba llamado a sancionar este trabajo. Esta doblez fue, en último resultado, la causa de la abdicación voluntaria del Protector. El 19 de Enero de 1822, el Protector anunció que iba a salir de Lima para ir a Guayaquil, donde esperaba reunirse con el Liber– tador de Colombia, el inmortal Bolívar, para concertarse con él sobre asuntos de la mayor importancia para el bien del Estado. Antes de marchar delegó todo el Poder ejecutivo en el gran mariscal marqués d~ Torre Tagle, a quien los tribunales , los minis– tros, las corporaciones, los jefes de las tropas de tierra y mar hu- bieron de jurar obediencia. Esta ceremonia se verificó el 20. El primer decreto del delegado supremo fue para que todos los españoles célibes que quisieran salir del Perú entregaran en la Tesorería nacional la mitad de sus bienes, y que, en caso de fraude, la confiscación sería total y desterradas las personas. Contenía también otros artículos relativos a los españoles resi- dentes en el Perú. El 3 de Marzo el Protector hizo saber en Lima que al tocar en
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