Símbolos de la patria

SOrfBOLOS DE LA PATRIA 123 2 9 • El Protector del Perú concederá a la tropa veterana de la guarnición de la Plaza del Callao, que voluntariamente quiera trans– portar~e a uno de los puertos intermedios, su libre pase para que se reúna al Ejército de Arequipa, pero no a ningún otro punto. La tropa de la Concordia de la misma guarnición podrá reunirse a sus familias en la clase de simples particulares ; y todos los indi– viduos· de la Marina Española mercante o de guerra que se hallaren en los Castillos al tiempo de su entrega, podrán residir en Lima y población del Callao, hasta que arreglados sus intereses individuales quieran salir del Estado del Perú, que lo verificarán dentro del período de cuatro meses. 3 9 • Los Generales, Jefes y demás oficiales y empleados de la Hacienda Española serán tratados con dignidad, y podrán usar de su distintivo y espada los que resuelvan marchar a la Península, y los que prefieran permanecer en América no podrán vestirse uni– forme después de treinta días de rendida la plaza. 49. El Gobernador de la Plaza del Callao pasará una lista nominal de todos los individuos existentes en las fortalezas, quienes sacarán libremente sus propiedades, y en cuanto a los bienes qu~ se les hubieren embargado ó enagenado de cualquiera otra manera por orden del Gobierno del Perú, se dejará a su generosidad. 59. Se olvidarán para siempre las opiniones y servicios de los individuos residentes dentro de la Plaza del Callao a sus distintos gobiernos, y se franqueará a los mismos para la autoridad a quien competa un boleto de garantía contra los atropellamientos, debiendo los mismos respetar las leyes y órdenes públicas mientras residan dentro de la jurisdicción del Gobierno del Perú. · 69. Todos los buques fondeados en el principal surgidero del Callao continuarán bajo la propiedad de sus actuales dueños; éstos podrán habilitarlos y dirigirlos a los puertos de la Península o Nueva-España, y el Gobierno les prestará los auxilios establecidos entre naciones· amigas y los correspondientes permisos y pasavantes para su primer viaje en lastre, permitiendo extraer de los almacenes de Marina del Real Felipe los artículos navales pertenecientes a dichos buques fondeados en el surgidero del Callao, justificada pre- viamente la propiedad a satisfacción del Gobierno. · 79. Los enfermos de la guarnición de la plaza del Callao al tiempo de su capitulación, serán asistidos por cuenta del gobierno del Perú; y restablecidos que sean se les otorgará pasaporte para los puntos concedidos en el artículo 2 9 a dicha guarnición.

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