Símbolos de la patria
SWBOLOS DE LA PATRIA 233 compuesta por el maestro D. José Bernardo Alcedo y adoptada por el Sup~emo Gobierno en 1821, ha sido adulterada desde entonces por no haberla editado su autor y no haber existido sino una partitura para bandas militares; y que en 1869, no pudiendo el maestro Alce– do, por su avanzada edad, escribir en forma la música del Himno, comisionó al recurrente profesor Rebagliati con ese propósito, obte– niendo en seguida el trabajo de ésté la plena aprobación de aquél; y Teniendo en consideración: Que la C01~isión nombrada por el Ministerio de Gobierno, el 13 de Abril de 1900 1 compuesta de los profesores D. F. Valle Riestra, D. Benjamín Castañeda, D. F. Francia, D. S. Berriola y D. Pedro López Aliaga, asegura en el informe que corre en estos actuados, que la restauración del himno, hecha por el profesor Rebagliati, es acep– table, por las varias razones que aduce, entre otras, la de hallarse ella conforme con una cartina del puño del maestro Alcedo, propor– cionada a la Comisión por el profesor D. Francisco Filomeno; y Que es necesario poner fin a las alteraciones caprichosas hechas en la canción nacional, para que se conserve tal como fue arreglada por su autor; SE RESUELVE: 1 Q.- Apruébase la restauración de la música del himno patrio, llevada a cabo por el profesor D. Claudio Rebagliati, y que aparece de los tres ejemplares acompañados, los que se archivarán en el Mi– nisterio de Gobierno para que posteriormente sirvan de base de con– frontación y de garantía de autenticidad; 29.- En los actos oficiales no podrá entonarse otro himno que el aprobado por esta resolución, el que, una vez editado escrupulosa– mente, será remitido a todas las Prefecturas para los fines consi– guientes. Y por cuanto es indispensable variar la parte literaria del himno, por ser de gusto anticuado y por las inconveniencias que con– tiene no propias ya de esta época en que el Perú se encuentra en paz con todas las naciones; SE DISPONE: 1 Q.- Convóquese a un Concurso Literario, para proveer a esta necesidad. 29.- Las personas que se ocupen del asunto, presentarán sus trabajos en la Dirección de Gobierno, hasta el 30 de Noviembre del año en curso, y ésta los pasará al Jurado que oportunamente se nom– bre, a fin de que abra dictamen antes del 31 de Diciembre.
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