Símbolos de la patria

SfMBOLOS DE LA PATRIA 269 pero pµede cantarse uno de otro género .en las fiestas; así en una fiesta escolar puede cantarse otro himno además del himno na– cional; me parece muy absoluto el artículo, pues con él quedaría prohibido cantar otros himnos. El .señor Del ·Río.- No puede referirse el artículo a prohibir cantar otros himnos, se trata del himno patrio y en actos oficiales no se puede cantar otro; pero en otras fiestas se puede cantar otros himnos. Y aún en las fiestas patrias se puede cantar otro, pero el oficial es éste. No se puede cantar otro como oficial. Por lo demás, se pueden canta;r todos los himnos escolares que se quiera, pues en el artículo ·no se trata de eso. El señor Cornejo;- Que se lea el artículo. El señor Secretario leyó: "Art. 39- En las fiestas pati:ias y en los demás actos oficiales, no podrá tocarse ni cantarse otro himno, que el declarado ofi.cial por esta ley". · • El señor Cornejo.- Excmo. señor: Yo estoy en contra de ese artículo; es una prohibición que no la encuentro racional; basta con declarar oficial un himno; pero puede cantarse el oficial y otros himnos y además es una prohibición sin obj~to Excelentísimo señor, de maner¡ que estoy en contra del artículo. · - -Sin otra observación se dio por discutido el artículo, y pro- cediéndose a votar, fue desechado. · ' -Sucesivamente fueron leídos, puestos en debate y sin observa– ción aprobados los artículos 49, 59, 69 y 79, último del proyecto.- En seguida S. E. levantó la sesión, citando para el próximo lu– nes a la hora de reglamento. Eran las 5. 50 p.m. Congreso Ordinario de 1911 ' Por la Redacción BELISARIO SANCHEZ DA VILA. Diario de los Debates de la H.. Cámara de Senadores Lima 1912.- Págs. 81-83

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