Símbolos de la patria
374 GUSTAVO PONS MUZZO SE PROHIBE LA VENTA Y DIFUSION DE LA MUSICA IMPRESA DEL HIMNO NACIONAL, QUE NO LLEVE LA AUTORIZACION PREVIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CULTURA MUSICAL DEL MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA. RESOLUCION SUPREMA EN VIGENCIA (Escudo Nacional) Resolución Suprema 423 Lima, Marzo 22 de 1949. CONSIDERANDO: Que por Resolución Suprema de 8 de Mayo de 1901 fue apro– bada la restauración de la música del Himno Nacional llevada a cabo por el profesor Don Claudio Rebagliati; Que dicha música y letra del Himno, debida a Don José Bernar– do Alcedo y a Don José de la Torre Ugarte, fueron declaradas intan– gibles por Ley 1801, de 26 de Febrero de' 1913; Que no obstante lo dispuesto por la referida:_ Ley, la forma como actualmente se ejecuta el Himno y como aparece en ejemplares im– presos y en grabaciones fonográficas, no siempre corresponde a la autenticidad exigible; Que en muchas de las ediciones impllesas y fonográficas se omi– ten los nombres de los autores originales y del restaurador del Him– nó Nacional, lo que constituye una falta de consecuencia y una fla- grante violación de los derechos intelectuales; y · Que el Supremo Gobierno ha encomendado a organismos espe– ciales la supervigilancia de las ediciones y ejecuciones del Himno, a fin de preservarlo de adulteraciones y conservarlo de acuerdo con la corrección de su forma y la legitimidad de su letra; SE RESUELVE: 1 9 - Prohíbese la venta y difusión de música impresa o graba– da del Himno Nacional que no lleve la autorización previa del Con– sejo Directivo de la Cultura Musical del Ministerio de Educación Pública. 29- En todas las ediciones impresas o grabadas del Himno' Na– cional que se produzcan a partir de la fecha de la presente Resolu– ción, se consignarán los nombres de los autores de la letra, Don José de la Torre Ugarte, de la música, Don José Bernardo Alcedo, y de la restauración oficial, Don Claudio Rebagliati.
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