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deben tener los miembros del Congreso Nacional de la Nueva España en el caso de que este se reuniese, si decisivo o puramente consu!tiva). Primeras disposiciones para mantener a este Reyno independiente de la Dominacián Francesa, 1 foja de escrito sin concluir. Citado por González Obregón en su Biografía. p. XVIII. Proclama del Virrey iturrigaray a los habitantes de México. Con notas de Fray Mel- chor Talamautes. En "Documentas.. . " de Garcla, T. VII, pp. 441-445 y T. 11, pp. 60- 63; en Documentos.. . de Hernández y Davalos, T. 1, pp. 516-518 y en "Historia de Mé- iico.. . " de Alamán. pags. 37-40 del Apéndice al T. 1. (Estas notas son de extraordinario interés para el conocimiento de las opiniones liber- tarias de T. En una de ellas dice: "No habiendo Rey legítimo en la nación, no puede ha- ber virreyes: n o hay apoderado sin poderdante; el obispo auxiliar cesa faltando el diocesa- no, y así lo demás: esta verdad la han conocido las provincias de España y por esto han nombrado juntas gubernativas que las dirijan. El que se llamaba, pues, virrey de México, ha dzjado de serlo desde el momento que el Rey ha quedado impedido para mandar a la na- ción. Si tiene al presente alguna autoridad, no puede ser otra que la que el pueblo baya querido concederle; y como el pueblo no es Rey, así como tampoco es República, el que go- bierne por consentimiento del pueblo n o puede llamarse Virrey.. .". González Obregón (p. XIX) llama a este escrito: "Refl~xionessobre las ocurrencias del d í a . . ." p. XIX). Question importante sobre el regreso de Fernando Septimo a la. España. En "Docu- mentos. .." de García, pp. 480-483. (Empieza así: "Se acostumbra generalmente dirigir a los pueblos camo a niños a quie- nes por medio de engaños, entretenimiento y juguetes se separa de los peligros y se obliga a entrar por caminos difíciles pero necesarios y provechosos. Los Gobiernos despóticos abusan par lo común de esta máxima, haciendo que el pueblo, ocupado con frecuencia de las diversiones públicas y enervado en los placeres, en nada menos piense que en sus ver- daderas necesidades, y en esa sorda opresión que lo abate y humilla hasta el exceso, corrom- piendo la semilla de las virtudes nobles y generosas". En los últimos párrafos traza un cua- dro sobre lo que debe hacerse en el caso de que se convoque a Cortes en la Nueva España y las medidas que debe tomar e: Virrey. Parece que de este escrito hizo una síntesis Can- celada con el nombre de "Instrucciones al ayuntamiento de Méjico"). Representación Nacional de las Colonias. Discurso filosófico dedicado al Excelentísimo Ayuntamiento de la Muy noble M. L. 1. e Imp. Ciudad de México, Capital del Reyno Por Yrsa verdadero patriota. En "Fray Melchor Talamantes. . . ." por González Obregón, pp. 41-71; en "Documentos.. ." por García, T. VII, pp. 374-403 y 448-477. (Sumario: Questión. Si las Colonias puederi tener representación nacional. Parte Pri- mera. Parte segunda. Casos en que las Colonias pueden legítimamente separarse de sus me- trópolis: 1. Cuando las Colonias se bastan a si mismas. 11. Cuando las Colonias son igua- les, o más poderosas que sus metrópolis, 111. Cuando las colonias difícilmente pueden ser gobernadas por sus metrópolis. IV. Cuando el simple gobierno de la metrópoli es incompa- tible con el bien general de las colonias. V. Cuando las metrópolis son opresoras de sus colonias. VI. Cuando la metrópoli ha adoptado otra Constitución política. VI1 Cuando las primeras provincias que forman el cuerpo principal de la metrópoli se hacen entre sí inde. pendientes. VI11 Cuando la metrópoli se sometiera voluntariam~ntea una dominación ex- tranjera. IX Cuando la metrópoli fuese subyugada por otra nación. X Cuando la metrópo- li ha mudado de religión. XI Cuando amenazo en la metrópoli mutación en el sistema religioso. XII Cuando la separación de la metrbpoli es exigida por el clamor general de los habitantes de la colonia. Conclusión) . Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.1, enero-junio 1944
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