Fénix 10, 23-111
SUMAREO INDAGATORIO 35 (Anotación al margen) Areqa. Agosto 17 de 1829. Vista de preferencia al Sr. Fiscal de la Plma Corte Superior de Justa. Carpio J. Tadeo de Rivera Secret. Sr. Prefecto. El Fiscal impuesto en la Nota q. antecede del Sr. Sargto. mor. D. Jose Pal- ma fiscal nombrado pa. la formacn. del Sumario á q. se refiere, en la q. solicita qe. el Sr. Consul de los Estados Unidos D. Guillo. Taylor pase á su casa á Absolver una cita, en atencn. á haberse opuesro á absolverla en esa forma pr. privilegiado, dice: Que dho. Sr. Consul no puede gozar de un privilegio qe. no está concedido á ningn. individuo de la Repabca. pr. elevado q. sea su rango, á no ser qe. se le haya concedido espresamte. pr. la Autoridd. com- petente. Este no lo indica, ni menos lo manifiesta. Siendo asi está V.S. ne- cesitando con arreglo á sus Atribuciones á ordenar se lleve cidelante lo qe. Fr. punto gral. se tiene mandacio con anticipacn. pr. el Suprmo. Gobno. cuya circular se halla trascripta en el Republicano del Sabado 18. de Abl. c?e 1829. Areqa. y Agto. 18 de 1829. Luna. Arequipa Agto. 18 de 1829. Pongase a continuacion copia certificada pr. mi Secreta. de !a circular á q. se refiere el Sr. Fiscsl; y pase el Escribano de Gobno. á imponer de su con- tenido y de este Espedte. al Sr. Consul Americano D. Guillermo Taylor pa. qe. se sirva prestarse á su observancia y cumplimto. Puesta la rcspectiva diliga. á continuación; devuelvase este espedte. con la correspondte. nota al Sr. Juez Fiscsl Sargto. Mayor D. Jose Palma, pa. con- testacion á la suya, y pa. los efectos convenientes. Carpio J. Tadeo de Rivera Secreto. Copia Habiendose hecho pressnte al Gobierso que se resisten algunos funciona- rios y Empleados publicos a comparecer en los Juzgados donde son llamados pa- ra actos Judiciales, alegando que sus destinos les dan esta eccepcion, ha or- denado S. E. e! Presidente del Con.sejo de Gobierno se tenga entendido, por punto jeneral, que ningun individuo, por elevado que sea su rango en cual- quiera ramo de servicio del Estado, puede sustraerse del emplazamiento do los Jueces reusando presentarse ante ella; debiendo usar las autoridades ~LI- Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.10, 1954
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