Fénix 10, 23-111

SUMARIO INDAGATORIO 65 Junta Departamental á pretesto de economisar al Estado los gastos de su dotacion, mientras que para el mismo destino ocupó á otros oficiales de la Guarnicion Civica, por semanas á pesar de que dicha Jmto pro- testó al Ecsprefecto enunciado no admitiría otro á tal empleo que al declarante. Preguntado: Quienes son los individuos que como amigos indica le impusieron le separaba el Ecsprefecto Don Juan Francisco Reyes del servicio mi- litar civico por crérsele de contraria opinion á la de aquel y demas de que ya le ha echo relacion, dirijida á la Presidencia del Gran Ma- riscal Santa Cruz en el Perú, y á la separacion de esta Republica de los tres Departamentos Arequipa, Cusco y Puno para agregarlos á la de Bolivia: Dijo: que los que le informaron sobre los particulares á qu, se con- trahe esta pregunta fueron Don Leandro Castro Profesor de Medicina, Doctor Don Mariano Garcia Rodriguez Cura del Pueblo de San Miguel de Cayma, el Capitan de Civicos Don Isidro Carrera y otros individuos cuyos nombres no tiene presente; á quienes se les podrá llamar por que enemigos de la Presidencia del Gran Mariscal Santa Cruz á la vés que de la Separacion de los tres enunciados Departamentos, crée el Decla- rante mas iniciados en el plan dirijido á ambos objetos. Preguntado: Si el Coronel de Civicos Don Pedro José de Gamio, hoy Dipu- tado de la honorable Junta Departamental le ha instruido del plan de que trata la antesedente pregunta, delante de quienes, y en donde: Di- jo: que dicho Señor Coronel de Civicos, cuando el declarante le con- sultó como Jefe suyo si eniraria ó no al Estado Mayor en la clase de Adjunto á solicitud del Coronel Escabedo le previno que no era tiem- po, porque tanto dicho Coronel Escobedo como el Ecsprefecto Reyes tra taban con vastante empeño de Anarquisar el Paiz; pero que despues sería colocado con preferencia pues que las circunstancias del Pais ofre- cían riesgo: Que el único individuo que se hallaba presente fué Don Manuel Amat y León, y que las indicaciones que le hiso al que declara su coronel fueron en caso del dicho Amat y León. Preguntado: Si cuanto se le ha interrogado diga en la antesedente é inme- diata pregunta lo ha oido á otros individuos, cuando y delante de que otros Dijo: que públicamente ha oido hablar sobre el particular, y que no hace memoria de las personas á quienes; que desde el pronuncia- miento de Puno por medio de su Acta, que también oyó decir se tra- taba de secundar en este Departamento, sin acordar las personas por la generalidad que se opinaba sobre el particular, fué impuesto del plan de que ya ha hecho relacion en sus anteriores respuestas. Preguntado: Si sabe el Acuartelamiento de la tropa Civica Armada y muni- cionada, y si igualmente súpo el objeto de esta medida: Dijo: Que sabia que dicha tropa en la fuerza (sic) de como ciento sesenta hombres arma- dos y municionados permanecia en su cuartel bajo la protección particu- lar del Señor Ecsprefecto Don Juan Francisco Reyes, con el objeto según presume, y segun los antesedentes que tenía de dicho Señor, y demas mencionados, de protejer la realisacion de su plan. Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.10, 1954

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