Fénix 10, 23-111
70 FENIX "Jues Fiscal - Arequipa Agosto treinta de mil ochoscientos veintinuebe - Al Señor Prefecto Interino de este Departamento - Señor Prefecto - Consecuente á Ia nota de V. S. de ayer que acabo de resivir y dictamen fis- cal relativo que me ha comunicado la Comandancia Jeneral sobre la compa- resencia que pedí de Don José de Rivero Contador de Arica y Sub-Prefecto de aquella Provincia, y de Don Tomas Morón no me es posible proseder con- forme á lo que previene la Ordenanza, por que la Ley espresa de la Republica lo deroga. Yo en Ia actualidad soy el Jues Fiscal d'e este Sumario, y por lo mismo yo soy el unico que debo rezibir las declaraciones, caréos etc., confor- me á un articulo del Reglamento de Tribunales que se corrobóra con el ar- ticulo ciento veintisinco de la constitucion que prohibe todo juicio por comi- cion, sin que esto lo entienda yo comprensivo solamente á la sentencia, sino también á la sustanciacion ezencial como es la Sumaria Informacion, ó la prueba en esta clase de Causas. A mas de esto tengo certesa de que tanto la Suprema Corte de Justicia, como el Supremo Govierno tienen resuelto, que las declaraciones de los testigos deben resibirse por los mismos Jueses de las Causss, haciendoseles venir de donde estén, lo que unido al ultimo Supremo decreto, sobre que ninguna autoridad por privilejiada qu'e séa, puede negarse á concurrir al Jusgado que lo liáme, hace inevitable la comparesencia del Ri- ver0 y Morón para absolber las citas. Sobre todo qciiero salvar mi responsa- bilidad descargandola sobre V.S. en las circunstancias particulares que Ila- man la atencion sobre el Señor Wivero acirsado, y en las que le proporciona el destino, y la distancia sobre los resultados. - Dios guarde á V. S.- R. Castilla. Cuya Nota liebé yo el infrascripto Secretario, y entregué al Ayudante del espresado Señor Prefecto, Don Mariano Galindo: H para que conste por diligencia lo firmó dicho Señor Jues Fiscal, de todo lo que doy fé. CASTILLA Juan Domingo Medina. Nota al S. Prefecto Pnto del Departo. para que mandase comparecer á d. Juan Nepomuseno Ze i r r a , empleado en la Secreta. de la Junta Departamental. En la Ciudad de Arequipa á los treinta y un dias del Mes de Agosto de mil ochoscientos veintinuebe el Señor Don Ramuii Casti!la Jues Fiscal de esta Cauza, á efecto de que compareciese hoy á las dose del dias a prestar su decla- racion el oficial de 13 Secretaria de la Honorable Junta Departamental Don Juan Nepumuseno Segarra, pasó con esta fecha al Señor Jues de Derecho Doc- tor Don Pedro Ocharan con tal objeto la notadel tenor siguiente. "Jues Fiscal = Arequipa Agosto treinta y uno de mil ochoscientos veinti- nuebe = Al Señor Juez: de Derecho Doctor Don Pedro Ocharán -- Para con- tinuar la Sumaria Informacion de que estoy encargado á fin de descubrir los complices de la conspiracion que se tramaba en esta Ciudad contra la integri- dad Nacional y otros objetos en contradicion de la Constitucion, se hace nece- sario preste su declaracion Don Juan Nepomuseno Zegarra, oficial de la Secre- Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.10, 1954
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