Fénix 10, 23-111
102 FENIX y que es oficial Sogundo de la muy honorable Junta Departamental en su Secretaria. Preguntado: Si conoce S los Señores Jeneara'l Don Manuel Martines de Apa- ricio, Coroael Josi; Greqorio Esrcbido, Ecsprefecto don Juan Francisco Reyes, Teniente Coronel don Gregorio G~riZien,el de igual clase de Civi- cos don Fernando Kivero, Don Francisco Valdes de Velasco y don Pedro José Barriga, y si sabe donde S> hallan: Dijo: Que á esepcion del Tenien- t e Coronel Guillen 6 todos Ecs demas los conoce de vista; y que sabe fue- ron remitidos presos 5 Lima á disposicion del Supremo Gobierno por la deliberacion tornada aqui en la msñana del nuebe de Agosto por los Je- fes del Ejercito: Que igualmente sab* por el diputado Departamental don Eugenio Gomez que se remite A una carta de Lima por su hijo politico ha3 sido recibidos bien dichos presos y que se hallaban en libertad. Freguntedo: Si sabe ó presume la cauza de la pricion de dichos Señores: Dijo: Que por los papeles publico;, y voz general del Pueblo sabe que han sido presos los citados Scñores por qiae intentaban agregar á Bolivia los De- partamentos de Axquipa, Cvsco y Puns, de acuerdo con el Prefecto de este ultimo. Preguntado: Si sabe ó ha trnido noticia I~ubiesenen esta Ciudad reuniones secretas ó publicas, en casa de algunos de los que se remitieron presos á Lima, en que tiempo y con que objeto: Dijo: Que nada sabe sobre el particular, en atencion 6 que por lo regular la cotzducta que ha observado es salir de su trebejo á su casa, y no tener relacion con los sujetos que fueron presos á Lima. Preguntado: Si en el mes de Jialio ultimo, en la Secretaria de la muy honora- ble Junta Departamental, e s t a ~ d opresente el declarante, se opinó sobre que á la Provincia de Moquegua !e convenia pertenecer á Bolivia en ra- zon de ventajas que le proporcionaba e1 Comercio, y que de consiguiente deberia separarse del Perú, quien fué la persona que virtió dicha opinión en presencia de que otras, y que diü poco mas ó menos: Dijo: Que ab- solutamente ignora el contenido de los particulares á que se contrae la pregucta quc se le hace. Preguntado: Si antes del acontecimiento del nuebe de Agosto en esta Ciudad ha sabido, ú oido decir algo que tubiese relacion con el contenido de los puntos que contiene la Acta que vá por cabeza de este espediente, y que acaba de Ieérsele: Dijo: Que nada supo acerca del contenido de dicha Acta antes de haberse impreso: Que no tiene mas que añadir ni quitar que lo dicho es la verdad á cargo del juramento que fecho tiene, en que se afirmó y ratificó leida que le fi?é esta su declaracion, que por dispo.. sicion del Señor Jues Fiscal se deja abierta para continuaría cuando con- venga; y que es de edad de veintitres años, y lo firmó con dicho Señor y ej presente Seczrtario. = En~mendado -- ob = vale. R. CAS'P'ILLA Mariano Prieto Juan Domingo Medina Secreto. Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.10, 1954
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