Fénix 11, 76-93
LA DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL IlOMBRE 8 7 21" Ningun Hombre puede ser inquietado por sus opiniones religiosas con tal que se conforme a las Leyes, y no turbe el reposo Publico. 229 Todos los Hombres tienen dro. de dejar el Estado en que han nacido, y de escoger otra Patria renunciando a los dros. ligados a la primera, y a su calidad de Ciudadano en ella. 23o La Libertad de la Prensa es el mas firme apoyo de la libertad publica, y asi las leyes deben mantenerla conciliandola con los medios propios á asegurar el castigo de los que puedan abusar esparciendo discursos sediciosos, o calumnias contra particulares. Paris 15 de Agosto de 1789 =: Aqui estar-os llenos de confuciones y novedades a todas horas. Nos hemos visto en visperas de hacer el ultimo viaje, si Dios no hubiese dado dis- posición de salvar ntra. ignocencia de aquel; y ahora al parecer estamos tranquilos, pero nada seguros, pues hay mucha fermentacion todavia en todo el reino. La Asamblea tiene muchas disputas, y continuos devatcs, todo lo quiere arreglar, y nada concluie; sin embargo antes de Ayer acavó con Ios frailes, dandolos por inútiles, au- mentando los curas con unas penciones diarias para que vayan comodamente quitando los Diezmos, dros. de Yglesia, como entierros, Baptismos, y matrimonios, pues todo es ya gratis. De los Obispados, Abadias y Curatos grandes se saca para el aumento de curas sin que puedan usar de tren, de coches y palacios, a imitacion del primer padre de la Yglesia q. solo poseia por atalar un vaculo. Ningun Sacerdote puede ser Cura Parroco sin tener veinte años de Sacerdocio, ni ha de tener en su casa hasta la edad de sesenta años mujer ninguna aunque sea su hermana. Para el culto de La Yglesia, y su mayor solemnidad, señaló un fondo que se depocita en la casa de la Villa, y de que será responsable el Pueblo, y la Justicia, no teniendo los curas mas cuidado que su Instituto, y obligacion. Les obispados y Abadias se daran por merito rigoroso por la Asamblea de Prov., sin que se admitan empeños, ni monopolios estando a la censura del Pubco. su conducta, quedando abolido el vestuario de Abate por ser el mas usado en este Reyno habiendose ajustado que con dicho establecimiento entraran en Arcas de la Nacion hasta ochocientos millones de libras tornesas al &o, sin cargar a los labradores ni artesanos. No habra Aduanas sino a las entradas del Reyno, y en las capitales. En el Reyno sera libre todo comercio. En esta capital havra diariamente seis mil hombres de Guardia, y mil ochocientos cavallos para patrullas de dia y noche haviendose acordado ya que sea el Cuerpo de mi- licias para esta fatiga treinta y un mil hombres. Hoy se han vendecido las vanderas de este Cuerpo dia en que todo lo relacionado se tiene establecido. E l Rey se halla bien enterado de la poca armonia, que V. S. guarda con los juezes, y demas personas de esa ciudad, de la dureza, y falta de conocimiento, con que se porta generalmente con todos, y de los malos tratamientos de palabra, y obra q. han recibido de V. S. por mui leves, o del todo infundados motivos. En su consecuencia me ha man- dado S. M. repetirle de su orn. como lo executo, que se contenga en sus violentos proce- dimientos, pues de lo contrario se verá S. M. en la precision de vsar de la suprema po- testad, que Dios ha depositado en sus reales manos para mantener sus Pueblos, vasallos, y justicia, contra qualesqiliera personas q. intenten perturbarla, sea de la clase, preeminen- cia, o Dignidad, que fueren. Participolo a V. S. pa. su inteligencia, y cumplimiento - Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.11 1955
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