Fénix 12, 280-336
3 16 FENIX estaban escritos los nonbres syguyentes y escrito lo syguyente el dotor be:- tran e (en blanco el original) el dotor bernal el licenciado gutierrez velas- quez. Registrada Ochoa por chanciller. En la cibdad de San Myguel dcsta provincia del Perú a veynte e ocho diaz del mes de marro de! nascimiento de nuestro sajvador jesuchrista de myll e quynientos e quarenta e tres años estando juctos en su cabildo segund su costumbre la Justicia c Regymiento desta dicha cibdnd parecio el Reve- rendicimo Señor den fray geronymo de loayza obispo de la cibdad de !os Reyes e presento esta provisión de su magestad e pidio la obedeciesen e Res- cibiesen al dichc /70v oficio e cargo de protector como su magestad 10 manda la qual dicha provision los dichos Señores Just4cia e regimyento la tomaron r bezaron e pusieron sobre sus cabezas e dixeron que !a obedescian y obedez cieron como carta e provision de su Rey e Señor natural que en quanto al cumplimiento que le Rescibian e Rezcibieron el dicho oficio de protector co- mo su magestad lo innnda e yo mjguel de Salzedo escribano de su magestad e publico e del concejo de este dicha ciudad d r San Miguel presente fuy n lo que dicho es e lo escrevi e por ende fiz aquy este myo s;gno en testimonyq de verdad myguel de Selzedo escribano publico e del consejo. En la cibdad de Truxi!lo destos Reynos de la nueva casti'la honze diaz del mes de mayo de myll e quinientos e quarenta y tres años estando juntos en su cabildo e ayuntamyento segund que lo han de uso e de costumbre los señores Justicia e Regidores desta cibdad en presencia de my pero alvar-ez escribano de sus megestades el Reverendicimo e muy rnagnifico señor don fray geronymo dc loayza obispo de la cibdad de los Reyes esivio e mostro a los dichos Señores Justicia e Regidores la provision de protetorya de los yn- dios de su magestad de suzo encorporada pa que a i% dichos Señores les coste como es p~ot e tore defensor de los yndioc; destas prov~nc;aspor virtud de la dicha provision de su magestad que de suso se heze mynsion la qua! los dichos Señores Justicia e 1Reg;dores vieron e les consto della y el dicho Sefior obispo lo pidyo por testimonyo e yo dile ende este segund ante my paso ques fecho en 'a dicha ribdad el dicho dia e mes e ~ f i o suso dichos e yo peralvarez escri- bano de su magestad e su escribano e notario publico en 'a su corte y en todos los sus Reynos e señoryos presente fiiy a todo lo que dicho es e por ende fiz aqui este myo signo a tal en testimonio de verdad pedro alvarez escribano dr sus magestades. En la cibdad de !os Reyes de la nueva castilla a quatro diaz d l l mes de agosto año del Señor de myll e quynientos e quarenta y tres años estando en cabildo e ayuntamiento los muy msgnificos Señores Justicia e Regimyento conviene a saber Juan de lsarbaran e pedro navarro a'caldes hordynarios e el fator yllan suares de carvajal y el capitan diego de aguero RcgiGores e por ante my Juan franco escribano de sus rnagestades publico e del concejo della por parte del Revenrer~dicimoSeñor don fray geronymo de loayza obispo desta ci5dad de los Repss fue presentada la provysion de su magestad de protetorya desta otr:: parte contenyda pa /71 que conste a sus mercedes de lo enella con- tentenido y rus mercedes vieron e obedescieron con el acatamyento devido Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.12, 1956-1957
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