Fénix 12, 280-336

318 FENIX provision e 10 firrn~ronde sus nonbres anaya. pedro romero Iuys valera mar- tyn Santiago a!onzo camacho Jouan de rrojas honorato estevan. En la cibdad de la frontera de los chachapoyas destos reynos de! peru en ocho dias del mes de agosto de myl! e quinientas e quarento. y quatro años estando en su cabiTdosegun que 13 an de uso e de costunbre !os mangnificos Señores Justicia e Regimiento desta dicha cibdad es a saber bernaldino de anaya alcalde e luys valera e alonso de chaves e Ronorate estevan e Pedro Romero Wegidorec y en presencia de my alonso ortiz naverrcte escribano pu- blico e del consejo desta dicha cibdad el dicho pedro Romeiw dixo a los dichos señores Justicia e Regimyento que bien saben como en diaz pasados a!onso calderon vccino desta cibdad /72 e veedor oficial de su magestad se querya yr desta cibdad a la cibdad de los Reyes y por ello el cabildo desta cibdad !e mandaron que antes que se fuese dexase las llaves de la caxa donde está el cro de quyntos de su magestad y otra del cobfre de las marcas porque ansy co~lvenya al servicio de su m.agestad y los señores Justicia e Regirnyento cierta cibdad mandaron al dicho pedm Romero las tomase y lo nombraron por beedor hasta tanto quel dicho afonso caíderon Oolviese a esta cibdad por quanto el dicho calderon es no~lbradopor beedor por el señor gobernador y dzdo fiancas y el dicho Pedro Romero aceto el dicho cargo con el dicho aditamento y con tanto que venydo el dicho caldero,ti o no que el las puddiese dexar sin que le parase perjuyzio y agora el dicho calderon a menydo y esta en los temynos desta cibdad que1 se derestía e dezistio del dicho cargo de veedor pa' quel di- cho calderon lo $ea como lo es y ante los dichos Señores ezivio las dichas Ila- ves pa que hagan &!las lo que fueren servidos que convenga al servicio de su magestad e sus Rea'es quyntos no se dexen de aver pues el no fue nonbrado por beedor pa mas de hasta que1 dicho alonso calderon vinyese como pa- resce por un auto que enello se hizo que esta atras escrito e lo pidyo por tes- tymonio y los Señores Justicia e Regimyento las tomaron e Rescibieron ensi pa que en vinycndo el dicho alonso calderon se !as dara como a veedor ques e lo firmaron anaya. luis valera. Pedro Romero. francisco de chaves. honorato estevan. En este dicho dia los dichos señores Justícia e Regimiento desta di- cha cibdad en presencia de my E! dicho escribano dyxeron que por quant3 el bachiller frar.cisco de la guerra de sespedes vezitador e vicaryo generai en este obispado el Reverendo Señor don fray geronymo de loayza obispo en la cibdad de Ics Rcy,:s puso una carta fixada en las puertas de la yglezia desta cibdad que hablava sobre que !os yndios naturales questan en los termy- nos desta cibdad y las personas que los tienen en deposyto paguen el diesmo !os yndics / 72v delo que coxen e cryan y las personas que los tienen en de- posyta de todo aquel!o que les dan de tributo y otras cosas tocante a e!lo mas largamente en la dicha carta lo qual mandaba se cumpiese so pena de descornuyon y porque los yndios son yndomesticos e muchos de1los comen carne umana y muy pobres y faltos de todo conocimyento y no es Razon que den diesmos por Razon de lo suso dicho y por otras muchas Razones y las personas que los tienen en deposyto no es justo que de lo que le dan den Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.12, 1956-1957

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