Fénix 12, 280-336

LIBRO PRIMERO DE CABILDOS DE SAN .JUAN DE LA FRONTERA 33 1 perar la dicha provisyon syn proveerlo porque entretanto sucederian muy gran- des ynconvenientes e total destruycion destos rreynos e que sobre Ello pro- beyesemos Comc la nuestra merced fuese lo qual visto por los dichos nuestrt: presydente e oydores e mirado e platicadr, Con los prelados destos rreynos )-, con otras personas de letras e conciencia e Con los oficiales de nuestra rreal hazienda e otros criados nuestros que se Fresume darian nuestro servicio E: zelo e rrespeto que nos tienen jurado e prometido fue acordado que deviamos mandar dar esta nuestra Carta en la dicha rrazon e nos tobismoslo por bien e por la presente por su magestad acatando demas de Ic suso dicho los bueno? e leales servicios fechos a nuestra corona rreal por el dicho marques don Fratt- cisco Piqarro ya difunto primer desciibridor E conquistador de esta tierra e lo qual dicho Gonqalo Picarro e servido en e!la esperando que ansi lo continuara de aqui adelante le hazemos e nonbramos nuestro Gobernador e capitan general í de todos estos dichos Reynos del peru para que !o use y exerqa segund e de la manera que lo use e exercio e pueda usar e exercer el dicho marques don francisco picarro su hermano e los otros nueztros gobernadores que zn sido en estos dichos reynos hasta tanto que syendo yo el Rey ynformado del estado dellos proben y msnde lo que a nuestro servicio convenga e mandamos a todos los concejos alcaldes e Regidoies caballeros escuderos oficiales e omes buenos e capitanes e gente de guerra destos dichos Reynos que hecho por el dicho goncalo picarro el juramento e solemnydad que por los otros nuestros gober- nadores ques acosti~mbradobazer le ayan e Resciban e tengan por tal nuestro governador e capitan general hasta tanto que otra cosa probeamos y man- demos segund dicho es e le guarden e hagan guardar todas las honrras gra- cias mercedes franquezas livertades prerrogativas e yrnunidades que por Rn- zon del dicho oficio le deban ser guardadas e mandamos al dicho goncalo pi- carro que guarde E haga guardar todas las cedulas e ynstruciones e otros mendatos nuestros generales e particulares, dirixidos pDr nos o1 dicho marques su hermano y a los otros gobernadores que a sido destos dichos Reynos cerca de la conservación de los yndios e de la admynystración de la justicia e de !a buena gobernación Dellos bien ansi como si el fueri3.n dirigidos para lo cual e para todo !o otro que dicho es por esta nuestra carta le damos poder curi- plido con todas sus yncidencias e dependencias aniexidades e conexidades E los unos ny los otros no fagades ni fagan ende por alguna manera so pena de la nuestra merced e de diez myll pesso de oro para la nuestra camara e f i xo dado en la cibdad de los Reyes a veynte y tres dias del mes de otubre dc myil e quiriielitos y quarenta y quatro años yo geronymo de aliaga escribano do camara de sus cesareas y catolicas mager."c.des lo fize escribir por su maadado con acuerdo de sus oydores y en las espaldas de la dicha provysion Real estava el sello Real e las firmas de los oydores el 1icenc;ado cepeda el doctor ¿!son de tejada e1 licenciado garate Registrada pero lopez por chanciller E hernal- dino de San Pedro. En la cibdzd de los Reyes veynte e quatro dias de!! mes de otubre año del nacimiento de nuestro salvador jesucristo de myll e quinientos ; quarenta y quntro años estando los muy magnificos señores j'usticia e Regi- Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.12, 1956-1957

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