Fénix 13, 83-191

I.1BRO DE CABILDOS DE L A CIUDAD DE TRUJ1I.LO 145 las escaseses que padeceii los encarcelados y cuyas entradas conooerci dicho Señor Prefecto por la razoii que se le acompañe aclvirtieiidole que los quareiita y sinco pesos uno y medio real que debe pagar la Adrni- nistracion del Tesoro por el priiicipal de un mil ciento treiiitü pesos i*econocidos lia corno qiiatro años dejan de satisfacerse; y que luego que las Cajas de propios logren (Fol. 85) las eiitradas que el Gobierno Slipreino ofrece proporcionarle no careseran estos infelises de la iiese- saria alimeiitncion. Eri este Cavildo se trajo a la vista el Expediente foriilütlo sobre iioinbrar Capellari propietario que sirva la capellai~iaque fiindó Rodri- go Gomes y Viatris (sic) Cansino vacante por haverse casado el ultirno capellaii Don Jose Rarnon Suares segun consta de la certificacion dada por el cura Rector de esta Salita Yglesia Catedral 1). D. I'edro JosB del Castillo que se ha presentado; y cri coiisecuencia se procedió a Ia vota- cion a 1;i votacion (sic) por lo urgente que es la provicion; y regulatln dicha votacioii resultar~ondos votos a beneficio del Maestro que ensefic Leyes, dos a favor del D. D. Gregorio Jose Marin de Zorogastua, uno a favor- del Dr. Otiniano, y otro a favor de U. Jose Mersedes Vigo. Eii cuyo estado el Señor Alcalde de Segunda. nomiiiacion dijo que el voto del Dr. Otiiiiaiio iio se debia atciider a favor del Maestro que eriseiíe Leyes lo que le coiitradijo el Señor Regidor Dn. I-lipolito Wi%cainoiite por haver eii el ultiilio Cavildo expresado que este Dr. Otiiiiano (85 vlta.) era el que iba a ser el Maestro de dicha Aula; y havieiitlo prcse- dido eiitrr los dos cliclrios señores una discucioii muy larga se resolviO que ~olviesena dar sus votos por cedulas como se havia hecho antes y Iiccha la regulaciori resiiltó tener el dicho Maestro de la Aula de Leyes tres votos con lo qiie quedó aclarada la duda que havia ofrecido el sii- fragio hecho a1 Dr. Otiniano y protestalido dicho Señor Alcalde de Se- guiida iiorriiriacioii desia de nulidad de votacion se saliG de esta Sala quedando nornbrado por tal Capellan propietario el diclio Maestro que eiiseñe Leyes en este Colegio Seniinario de Saii Carlos de la referida ca- pellaiiia; a cuyo firi ordenaron que poniendose testimonio de este Ca- pitulo de Acta se le dé a1 susodicho el correspondiente del citado Expe- diente eil que conste iiicerta la fundacion para que se arregle a ella en todo su curnplirnierito iriandando decir las misas en la Santa Yglesiü Catedral. Y le dieron los Señores de esta (86 Fol.) Honorable Munici- palidad facultad y poder vastante el que se requiere como tales Patrones de esta Capellania para qixe cobre y persiba qualesquiera derechos que se le Iiayaii usurpado c o ~ i la calidad de dar cuenta a esta Muriieipalidad de su estado. Y los dichos Señores dijeron que suplicabaii y suplicaroii al Señor Goberiiador Eclesitistico de esta Diosesis a quien con este nom- hrarriiento se podrri presentar el Capellan para que se sirvtt Su Señoría e11 su tiernpo y caso darle al susodicho colaciori y canonica in~titucior~ al Maestro qiie enseñe Leyes en este Colegio Seminario quedando eil Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.13, 1963

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