Fénix 13, 83-191

tañcda, D. Jose Maria IIuerta, Don Hil~olitoDracaliiionte, D. Juan Cü- rrilio, J- D. Manuel Rnniires de Arellano Regidores Jiintos en esta Snlti considerando. Que todo proyecto ó idea en favor del País es iiieficüs, sino üiltp- ceden los de proporcionar e~ltradas t i las cajas de propios y qilc el Eio- rior del cuerpo se halla expuesto por la inaccion qiic rcsii!t:l dc la falta dc ~iiediospara emprender. Que nunca ha havido incjo- (Fol. 93) res dispociciones cn e1 Gobierno Supremo para felicit~r los Pueblos dcl Departameiito qiie hay cn ~1dia. Qrie Iiaviendose alejado el Exercito Liberladoi. 1-espira f a cst;i Ciudad y son nienos sixs sacrificios, ha acordado s r proponga11 los si- guientes articiilos. (Al inárgen: 49) Cada una de las bestias q i ~centrasen en-la Ciudad cargadas de efectos, o frutos extranjeros pagará indispensahle- inente un real en cada vés, del rnisino modo que niedio lns que eondu- jesen especies nacionales, sin que se entiendan exepcioiiadas otras c~ue no sean las aliastecedoras de los pueblos del cercado, esto es, las eoncliic- loras de comestibles para el consul-rlo diario. (A1 márgen: 2Q) Cada uno de los carretones, ó carretas, qilc conduciendo efectos extranjeros entre en el lugür, satisfaiü por cada ves cuatro i3eales, pagando solo tres los que cargesen efcclos i~acionizles. (AS rnárgen: 39) Por todo carruaje jndistintainente cpe ruede cii la ciudad auriqile solo sea en un día del ario contri1)uiran en cad;i. uno de los nwses de él sus respectivos dueños cuatro reales. (03 vlla.) (4.9 al inargen) Por cada una de l i i ~Botijas de aguar- diente nacional que sc introduscaii en el País, sea cual fucre sil proce- dencia, se cobrará 1111 peso de a ocho reales, eri. lugar cle los cuatro que con el nonibre de derecho de inojonazgo se han exijido Iiixsta aquí que- c!aiido grabados los piscos cIe este misino caldo con solo dos reales. (Al inárgen: 5 0 ) Por cada Botija que se interne desde esta ciu- dad a cualquier punto del Departamento, se cobraran cualro reales sicm- pre que no se comprilebe ser la internacion de cuenta del introductoil, quien ha~ i endopagado los dcrechos del articiilo anterior 110 dehc Su - frir cl deseiivolso de otros. (Al margen: 69) Lns botijas de birlo nacionál en cri illlr.oduc- eion, y en lugar de los dos reales que pagaban lsajo el misriio nomlirc satisfaran cuatro, contribuyendo proporcionalmellte la mitad los pisco5 de este licor. (Al inárgen: 79) ];as botijas antedichas sufriran tainbien a su iilterriacion a los pueblos del Departamento el pago de dos reales sill que haga otra esepcioii que la declarada (Fol. 96. Se hall arrancado dos fojas, pero el texto de este cabildo se continua sin alteración) a 10s jriteri~adoresde aguardientes. Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.13, 1963

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