Fénix 16, 41-112

EL FONDO SAN MARTIN EN LAS PROVINCIAS 85 9. El Fondo San Martín creado para fomentar el desarrollo de las bi– bliotecas públicas municipales ha realizado un programa preliminar de ayuda económica y técnica que ha llegado en forma limitada a un reducido número de bibliotecas. Esa ayuda ha consistido en aportes de libros, mobiliario de biblio– teca y subsidios. Sólo una biblioteca pública ha conseguido una ayuda sustan– cial consistente en la construcción de un edificio y en el aporte de una colección orgánica de libros, con sus respectivos catálogos. 10. No se ha comprobado mediante inspecciones la conservación y el buen uso de los aportes del Fondo San Martín. 11. No existe un programa de ayuda a las bibliotecas populares con los recursos del Fondo San Martín, que pueda beneficiar el desarrollo progresivo y ordenado de un conjunto de bibliotecas municipales de la república. Los fon– dos económicos son insuficientes para ello. Las Bibliotecas de provincias no han tenido acceso tampoco a la ayuda internacional. RECOMENDACIONES 1. Poner en vigencia las disposiciones legales contenidas en las leyes 4506, 9359 y 10847 sobre establecimiento y fomento de las bibliotecas públicas municipales. 2. Promulgar una ley del servicio bibliotecario nacional que permita es– tablecer un sistema nacional de bibliotecas públicas. 3. Crear los recursos económicos que permitan aumentar las disponibi– lidades del Fondo San Martín. 4. Preparar y ejecutar un programa de fomento de las bibliotecas públi– cas municipales de provincias, sin excluir a las de la capital, pero con una ten– dencia a la descentralización. 5. Promulgar una ley que autorice a los Municipios de la república a crear arbitrios para el pago del funcionamiento de las respectivas bibliotecas públicas municipales. 6. Establecer el principio de la ayuda temporal hasta por tres años del Fondo San Martín para las bibliotecas públicas municipales que establezcan o reorganicen con el aporte de las Municipalidades y de las entidades e individuos de la comunidad. 7. Establecer el principio temporal de ayuda del Fondo San Martín a las bibliotecas ya establecidas y que formulen proyectos de ampliación o reorga– nización con el aporte de los respectivos Municipios o de los grupos e individuos de la comunidad. 8. Establecer la supervisión periódica y permanente de las bibliotecas públicas que han recibido ayuda, a fin de que mantengan un mínimo nivel de organización y funcionamiento. 9. Establecer el principio de la necesidad de un periódico reconocimien– to de la situación en que se hallan las bibliotecas públicas de todo el país. Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.16, 1966

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx