Fénix 17, 39-62
"Descendencia paralela" en una familia indígena noble del Cuzco (documentos del siglo XVI hasta el siglo XVIlI.) TOM ZUIDEMA Los documentos aquí presentados forman parte de la comprobación por parte de Don Fernando Puma Orcosupa en el año de 1789 para que se le man– tuviese en su condición de indio noble del pueblo de Anta, un pueblo cerca al Cuzco. El prueba así que es descendiente de un noble Inca que había servido a los Españoles poco tiempo después de la conquista del Perú. Este noble pOI su parte habría sido bisnieto del Inca Tupac Yupanqui, abuelo de los Incas Huáscar y Atauhuallpa quienes estaban envueltos en una guerra civil al tiempo de la conquista española (1532) del Perú. El principal interés de estos do– cumentos es que nos dan detalles ---hasta ahora no encontrados en otros do– cumentos todavía-i- sobre linajes de familias nobles indígenas del Cnzco y alre– dedores, que, como quiero comprobar, expresan ideas indígenas de parentesco, ideas distintas de las españolas. La característica principal del sistema de parentesco inca consiste del principio de "descendencia paralela". En este principio hasta el momento en– contrado solamente entre algunas tribus sudamericanas, la filiación del hombre es por su padre pero de la mujer por su madre. Radcliffe Brownn reconoció ya este principio como una posibilidad teórica (aunque no práctica), al lado de la filiación matrilineal (hijo e hija pertenecen al linaje de la madre, madre de la madre, etc.) o de la filiación patrilineal (hijo e hija pertenecen al linaje del padre, padre del padre, etc.). Lounsbury, en una ponencia ante el Congreso de Americanístas en Es– paria (1964) comprobó que la terminología de parentesco quechua, lengua usa– da por los Incas, expresa la descendencia paralela, siendo una combinación de los sistemas de parentesco Crow y Omaha. También citó Lounsbury algunas referencias directas al sistema de des– cendencia paralela: Así, por ejemplo, en el pueblo de Queros existió, por lo menos hasta el año 1778, la costumbre de dar al hijo el apellido del padre y a la hija el de la madre, comprobado este hecho por el libro de matrimonios de este pueblo que corre de 1679 hasta 1778 (O. Núñez del Prado, 1964). Una referencia ante– rior que cita Lounsbury se encuentra en el capítulo dedicado a "de los nombres de los indios" por el "Tercer Concilio Limense" en 1583. El texto del capítulo dice: "Para que se eviten los yerros que en reiterar baptismo y matrimonio vndios no conocidos suelen acaecer; totalmente se les quite a los yndios el usar de los nombres de su gentjlidad e idolatría y a todos se les ponga nombres en Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.17, 1967
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