Fénix 17, 39-62
"DESCENDENCIA PARALELA" EN UNA FAMILIA INOlGENA 59 como por los importantes servicios que dicho don Francisco y su padre Orcororo Cayo Guaranca, descubridor y Gobernador de los Indios Chunchos que habia hedho ti la Corona de Castilla en las reducciones que refiere la Provisión librada por el Exmo, Señor don Francisco de Toledo, Virrey que fue de estos Reynos en Arequipa a veinte de octubre de mil quinientos sesenta y quatro conseqüente a la que se expidió por esta Real Audiencia en quinse de julio de mil quinientos cinquenta y nueve que estan conformes con las de fs. 20 y fs. 28, dadas en con– tradictorio juicio en veinte y siete ele junio de mil quinientos sesenta y seis y nueve de febrero ele mil y seiscientos y cinquentiocho, sobre cartando la Real executoria de los de agosto de mil quinientos setenta y tres, y sería muy no– table que en contrabención de estos Reales Rescriptos que prueban el ilustre origen de mi parte, sus hermanos y mayores seles agraviase variandoles la con– dición con que la naturaleza y la Divina Providencia les distinguió haciendoles probenir de una estirpe tan recomendable como la que de no tributar en esta Ilustre Familia. Teniendo presente todo esto el Corregidor' y Justicia Mayor de la Pro– vincia de Abancay don Manuel Santos de San Pedro, Juez Revicitador y nu– merador de los indios de ella por comisión de este Superior Gobierno y lo que resulta de la información que produjeron el Padre de ma parte don Juan Bau– tista Alferez, sus hermanos y primos, con lo que expusieron el Gobernador de Anta don Nicolas de Roxas y el Defensor de Real Hacienda Dn. Juan Calderon de Velazco por el auto de fs. 18 cuaderno primero, declaró al dicho Dn. Juan y a todos los suyos por tales nobles libres de la paga de Tributos, Mitas y otros servicios mecanicos y mandó se les confiriesen los oficios honoríficos correspon– dientes a su clase como los obtuvieron sus mayores y que en su consequencia YC les guardasen las preheminencias que les competían las que con efecto se les han guardado sin cosa en contrario por ser constante la distinguida calidad de dho. Dn. Juan Bautista, que ha recaído en sus hijos lexitimos, como se califica de los testamentos de Is. 19 y 21 cuaderno primero y de los de fs. 7 y fs 11, cuaderno segundo y de las Partidas de bautismo de mi parte y de su hermano Dn. Clemente, que comprehende el testimonio de Is, 15 de dho. segundo cua– derno, cuyos documentos apoyan el contesto de dhas informaciones y las vigo– rizan de modo que constituyen prueva de la lexitima y verdadera descendencia que traen mí parte y sus hermanos del referido Dn. Francisco Puma Orcosupa a cuyo favor y de todos sus descendientes se libraron los Despachos Reales incertos en el citado testimonio de fs 11 cuadernos primero y los de fs. 20 y 28 cua– dernos segundo y de todo se manifiesta agravio irreparable que les infirió dho señor Gobernador Intendente quendo les denegó su solicitud en los términos que se reconoce de los decretos de fs. 37 vta. cuaderno segundo y fs. 13 cuaderno segundo, desatendiendo las respuestas del Apoderado Fiscal de la Matricula del Cuzco v de los Ministros de Real Hacienda de aquella ciudad de fs. 27 y fs. 37 cuaderno primero que reproduzco por lo que conducen a las acciones de mi parte y sus hermanos por los solidos fundamentos que en ellas se hacen a favor de su noble descendencia y su origen de no tributar, que les compete en atención a ella, y a que como el mismo Apoderado Fiscal 10 expone en su auto de fs. 1 cuaderno 2, mi parte se halla numerado en la clase de noble de Matrícula de dicha ciudad, y como tal exento de contribución con tributo y por consiguiente mandó que el Cacique del Pueblo de Puquiura no se le exigiese la Oüota que les detalló como contraria a la Superior Providencia de eatorce de febrero de ochenta y siete en que se mandó por dicho Señor Gobernador Intendente, guar– dar y cumplir el auto de V. A. de veinte y ocho de junio de setecientos ochenta v seis, que comprehende la copia de fs. 34, cuaderno segundo, y con todo en (lace de mayo de dho. año, proveyó el decreto de fs. 3 que fue lo mismo que Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.17, 1967
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