Fénix 18, 54-152

152 F'ENIX portantes deberán ser escritos; pero el honor profesional exige que aun los ver– bales se cumplan celosamente. Art. 20?- Asociación entre bibliotecarios.- El bibliotecario sólo podrá asociarse para ejercer la profesión con otros bibliotecarios y en ningún caso con el propósito ostensible e implícito de aprovechar indebidamente su influen– cia para conseguir cargos. Art, 21?- Deberes hacia su Colegio.-- Es deber imperativo del biblio– tecario prestar, con entusiasmo y dedicación, su concurso personal para el mejor éxito de los fines colectivos del Colegio a que pertenezca. Los encargos o comisiones que se les confíe deben ser aceptados y cum– plidos, sólo mediante causa justificada podrá excusarse. Sección VI: Relación del Bibliotecario con la Sociedad Art. 22'.'- Aceptación pública.- Con su conducta el bibliotecario deberá lograr la estimación pública hacia la labor bibliotecaria y hacia la Biblioteca. Art. 23'.'- Participación en la colectividad.- El bibliotecario deberá es– forzarse por conseguir la participación de la biblioteca en programas culturales, educacionales y sociales. Art. 24?- Servicio informativo.- Deberá estar informado el bibliotecario, de las actividades de los organismos e instituciones, cuyos objetivos sean afines. Sección VII: Conclusión Art, Unico.- Alcance y cumplimiento de este Código.- Las normas de este Código rigen el ejercicio de la biblioteeología en toda su extensión. Ni la espe– cialización profesional, ni circunstancia alguna eximirán de aplicarlas. "DESCENDENCIA PARALELA" EN UNA FAMILIA INDIGENA NOBLE DEL CUZCO * El doctor Tom Zuidema, autor del trabajo de investigación histórica, cuyo título encabeza esta nota, nos ha solicitado informar a nuestros lectores que los documentos, objeto del estudio mencionado, proceden del Archivo Nacional. Asimismo, hace llegar su agradecimiento al señor Felipe Márquez Abanto a cargo de quien estuvo la versión paleográfica de dichos documentos. '" Fénix, N? 17, Lima, 1967. Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.18, 1968

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